El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) adecuó la legislación nacional en lo relativo a declaraciones juradas y otras obligaciones de precios de transferencia a los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
A través del decreto supremo 333-2017-EF publicado en el Diario El Peruano, el MEF modificó el artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (Obligación de presentar las declaraciones juradas informativas reporte local, reporte maestro y reporte país por país).
Asimismo, modificó el artículo 117 (Información mínima a consignar en las declaraciones juradas informativas reporte local, reporte maestro y reporte país por país).
Ello con el fin de adecuar la norma a los cambios realizados por el Decreto Legislativo N° 1312 al inciso g) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta.
Con estas modificaciones se adecuó la legislación nacional a los estándares y recomendaciones internacionales emitidas por la OCDE en lo relativo a las declaraciones juradas y otras obligaciones formales de precios de transferencia.
Menor sobrecosto
Al respeto el abogado tributarias, Jorge Picón, destacó hoy que el reglamento facilitara la vida al empresariado, toda vez que flexibiliza la obligación de presentar el estudio de los precios de transferencia
“Esta modificación le facilita la vida al empresario y elimina algunos sobrecostos innecesarios”, manifestó a la Agencia Andina.
Explicó que antes de la norma las empresas estaban obligadas a presenta este estudio, el cual es costoso, por montos pequeños transferidos. Indicó que la eliminación de cualquier sobrecosto siempre impacta en las expectativas empresariales.
Fuente: Andina