proyectos especiales de inversión pública

(Foto: GEC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de proyectos especiales de inversión pública (PEIP), que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas, a fin de dinamizar la actividad económica, garantizar la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura pública necesaria para el desarrollo del país en beneficio de la población.

Dicho reglamento comprende procesos, procedimientos y herramientas de gestión de proyectos, asistencia técnica para la gestión y ejecución de las inversiones.

El modelo de ejecución de inversiones públicas puede ser aplicado total o parcialmente por las entidades públicas de los tres niveles de Gobierno, en proyectos de inversión o cartera de inversiones.

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También se ha diseñado una metodología colaborativa de modelamiento digital de información para la construcción (BIM) y otras metodologías definidas en los lineamientos, mejores prácticas adoptadas de los contratos estandarizados y acompañamiento en los procesos de elaboración del estudio de impacto ambiental.

Se indica, asimismo, que los proyectos especiales de inversión pública tienen que contar con condiciones especiales para la contratación de funcionarios y servidores; contratar la asistencia técnica para la gestión y ejecución de las inversiones y suscribir contratos estandarizados.

Asimismo, tienen la facultad de suscribir convenios de administración de recursos con organismos internacionales con el fin de adquirir bienes y contratar servicios; y facilidades para la obtención de licencias de habilitación urbana o de edificación.

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Estos proyectos también contarán con facilidades para la liberación y registro de interferencias y para la adquisición y liberación de áreas, así como una regularización excepcional a cargo del Ministerio de Cultura para las obras ejecutadas.

Respecto al director ejecutivo del PEIP, el reglamento indica que es el responsable de la ejecución del proyecto de inversión hasta su culminación y cierre, así como de las gestiones para su transferencia a la entidad responsable de la fase funcionamiento de las inversiones ejecutadas por el PEIP.

Una vez culminada la ejecución del proyecto de inversión, el PEIP tiene como plazo máximo hasta seis meses para efectuar el cierre del mismo, que puede ampliarse por única vez.

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Al cierre del PEIP, el titular de la entidad responsable del PEIP, conforme a la normativa vigente, aprueba la transferencia de los activos generados durante la ejecución del proyecto de inversión a la Entidad responsable del funcionamiento de las inversiones.

Fuente: El Comercio

Decreto Supremo N° 119-2020-EF

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