Toromocho

Mediante la Resolución N° 0544-2022-MINEM-DGM/V, con fecha 3 de diciembre, a la cual ProActivo tuvo acceso, La Dirección General de Minería declaró improcedente la solicitud de modificación de la Concesión de Beneficio “Proyecto Toromocho” para ampliar la capacidad instalada de 140,640 TMS/día a 170,000 TMS/día, sin ampliación de área, presentado por Minera Chinalco Perú S.A.

La autoridad administrativa fundamentó su decisión respecto a la solicitud por carecer de sustento técnico, no ser concordante con la certificación ambiental que sustenta el proyecto de ampliación, no haber presentado la ingeniería de los sistemas de contingencia; por no contar con el sustento técnico de los equipos (Etapa de liberación y clasificación) para el cambio de capacidad instalada de 140,640 TMS/día a 170,000 TMS/día, no haber presentado la ingeniería de construcción del nuevo sistema de disposición de relaves, a fin de garantizar la continuidad operativa durante los 21 años de vida útil del depósito de relaves Tunshuruco.

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“Tomando en cuenta lo señalado en la certificación ambiental del proyecto de ampliación de la capacidad instalada a 170,000 TMS/día de mineral; que considera el aumento de capacidad de almacenamiento del depósito de relaves Tunshuruco para 21 años de vida útil, Minera Chinalco Perú S.A. debe incluir los estudios de ingeniería detallada de la ampliación de la capacidad de almacenamiento de citado depósito de relaves”, indicaron en el documento.