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La Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (Minem) ha aprobado el cronograma y las instrucciones para que los titulares de la actividad minera presenten la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2024. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y fortalecer la fiscalización de las actividades mineras en el país.

Obligatoriedad de la DAC

La DAC es un informe que deben presentar anualmente todos los titulares de la actividad minera, independientemente de la fase en la que se encuentren (exploración, desarrollo, producción o cierre de minas). La información contenida en esta declaración es de carácter confidencial y permite a las autoridades evaluar el impacto ambiental, el cumplimiento de compromisos de sostenibilidad y el desempeño económico-financiero de los operadores mineros.

El incumplimiento en la presentación de la DAC conlleva la aplicación de sanciones administrativas conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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Plazos para la presentación de la DAC 2024

La Dirección General de Minería ha establecido un cronograma de presentación basado en el último dígito del número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) de los titulares de la actividad minera. Para aquellos que no cuentan con RUC, se ha asignado una fecha específica:

  • Titulares sin RUC: 04 de julio de 2025
  • RUC terminado en 0-1: 07 de julio de 2025
  • RUC terminado en 2-3: 08 de julio de 2025
  • RUC terminado en 4-5: 09 de julio de 2025
  • RUC terminado en 6-7: 10 de julio de 2025
  • RUC terminado en 8-9: 11 de julio de 2025

Procedimiento de presentación

La Declaración Anual Consolidada deberá presentarse exclusivamente de manera virtual a través de la plataforma del Ministerio de Energía y Minas. Para ello, los titulares deberán acceder a la página web oficial del Minem (http://extranet.minem.gob.pe) utilizando su Nombre de Usuario y Clave Secreta. Estos datos son los mismos empleados para la presentación de declaraciones mensuales y otros trámites en la plataforma.

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Para obtener las credenciales de acceso:

  • En Lima: Se puede solicitar presencialmente en la Dirección General de Minería o mediante la Ventanilla Virtual del Minem, adjuntando una copia del DNI.
  • En provincias: Se debe gestionar la solicitud en la oficina de la Dirección Regional de Energía y Minas de la región correspondiente o mediante la Ventanilla Virtual.

Requisitos y contenido de la DAC

La Declaración Anual Consolidada (DAC) incluye la siguiente información clave:

  1. Datos generales del titular minero: Información actualizada sobre el titular de la concesión y su régimen tributario.
  2. Información técnica y operativa: Balance metalúrgico, liquidaciones de ventas, información sobre sondajes y producción.
  3. Declaración jurada de desarrollo sostenible: Anexo IV de la DAC, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM.
  4. Declaración jurada de coordenadas UTM: Conforme a la Ley N° 30428, se debe presentar información georreferenciada de las concesiones mineras.
  5. Información sobre muestreos y testigos: Para actividades de exploración, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 021-2015-EM.
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Cabe resaltar que los datos consignados en la DAC tienen carácter de declaración jurada, por lo que cualquier información inexacta o falsa podría derivar en sanciones.

Nueva plataforma digital y beneficios

En un esfuerzo por modernizar la gestión de información minera, la Dirección General de Minería ha implementado una nueva plataforma virtual para la presentación de la DAC. Entre sus ventajas destacan:

  • Validación automática de la información declarada.
  • Garantía de integridad de los datos.
  • Optimización del tiempo y mejora en la consistencia de la información financiera.
  • Homologación de la estructura de datos de producción e inversiones.
  • Reducción de caídas en el sistema por la concurrencia de usuarios.

Sanciones por incumplimiento

La no presentación de la DAC dentro de los plazos establecidos dará lugar al inicio de un procedimiento administrativo sancionador por parte de la Dirección General de Minería. Las sanciones pueden incluir multas y otras penalidades conforme a la normativa vigente.