negociación colectiva

Como parte del compromiso con la defensa de los derechos labores de los servidores públicos, el Ejecutivo aprobó el decreto supremo 069-2025-PCM, que modifica los lineamientos para la implementación de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, con el fin de garantizar una participación más equitativa de las organizaciones sindicales en el proceso de negociación colectiva centralizada.

El dispositivo legal, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que, para conformar la representación sindical en dicho proceso, cada una de las cinco confederaciones sindicales más representativas del sector público designará tres representantes.

Los seis representantes restantes, hasta completar los 21 que dispone la ley, serán asignados de forma proporcional, en función del número de afiliados que tenga cada confederación respecto al total de miembros de las cinco confederaciones acreditadas.

Esta fórmula busca que la representación sindical refleje de manera más justa el peso organizativo de cada gremio.

Cabe indicar que se considera como más representativas a aquellas confederaciones sindicales de alcance nacional y multisectorial, inscritas en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos, que acrediten, al momento de presentar el proyecto de convenio colectivo, contar con el mayor número de trabajadores del sector público afiliados, del total comprendido en la negociación colectiva centralizada.

Con esta medida, el Gobierno nacional reafirma su voluntad política de fortalecer el diálogo y asegurar que las decisiones adoptadas en beneficio de los trabajadores del Estado respondan a criterios de representatividad, legalidad y transparencia.