MTC: Estos son los 5 requisitos para los vuelos durante la cuarentena

(Foto: Andina)

ProActivo | Las pruebas rápidas no son válidas para realizar vuelos de Lima a otros puntos del país durante la cuarentena, lo que se exige son las moleculares o de antígeno. Así lo ha dispuesto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para el transporte aéreo de pasajeros entre el 31 de enero y 14 de febrero.

  1. Si el vuelo sale de Lima u otra ciudad de nivel de alerta extremo, los pasajeros deben presentar una prueba molecular (PCR) o antígeno con resultado negativo. No se admiten pruebas rápidas.
  2. El resultado negativo debe haber sido emitido como máximo 72 horas antes del vuelo. Es decir, si la prueba fue hecha un lunes y el resultado fue emitido el miércoles, es a partir del miércoles desde cuando se comienza a contar las 72 horas. Posterior a este lapso, el resultado no es válido.
  3. Para el caso de prueba antígeno, se recomienda realizarla un día antes a la fecha del vuelo.
  4. También se debe tener en cuenta que para el caso de niños menores de 12 años no es obligatorio contar con prueba PCR o antígeno con resultado negativo. Basta con tener un certificado médico que acredite su buen estado de salud.
  5. Los niños de 2 años o menos no están obligados a usar mascarilla ni escudo facial.
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Situación de los aeropuertos

Aunque los vuelos están suspendidos en regiones con nivel de alerta extremo, de manera excepcional está permitido el funcionamiento del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

Los departamentos con nivel de alerta extremo son: Lima Metropolitana y Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.

Las personas que viajan desde ciudades que no están comprendidas en el párrafo anterior no requieren tener resultados negativos de prueba PCR o antígeno. Sí es necesario presentar una declaración jurada que asegure no tener la enfermedad.

Asimismo, todos los pasajeros deben cumplir los protocolos sanitarios establecidos para evitar el contagio de la Covid-19, como el uso obligatorio de la mascarilla y protector facial tanto en las instalaciones de los aeropuertos como en el interior del avión.