supervisión ambiental de OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó la “Metodología para el cálculo de multas y aplicación de los factores de graduación de multas”, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 00005-2026-OEFA/CD, estableciendo nuevos criterios técnicos y objetivos para sancionar infracciones ambientales en el país.

Esta medida representa un avance en la estandarización de los procesos sancionadores dentro del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Sinefa), con el objetivo de garantizar mayor transparencia, proporcionalidad y eficacia en la imposición de multas.

Criterios claros y proporcionales

La nueva metodología tiene como finalidad definir los criterios para el cálculo de multas y la aplicación de factores de graduación en aquellos casos donde la sanción económica no puede superar los límites establecidos por la normativa vigente.

En ese sentido, el OEFA busca asegurar que las sanciones sean proporcionales a la gravedad de la infracción, considerando elementos técnicos que permitan una evaluación más precisa de cada caso.

Ámbito de aplicación amplio y sin excepciones

La norma es aplicable a todos los administrados sujetos a fiscalización ambiental, incluyendo personas naturales y jurídicas, tanto públicas como privadas, que desarrollen actividades bajo la competencia del OEFA.

Un aspecto relevante es que la metodología también alcanza a quienes operen sin permisos, autorizaciones o títulos habilitantes, reforzando así el control sobre actividades informales o ilegales que puedan generar impactos ambientales. Asimismo, se establece una diferenciación en el caso de las entidades públicas, distinguiendo entre empresas estatales y organismos que prestan servicios a la ciudadanía, en los que podría existir imposibilidad de omisión en determinadas funciones.

Impacto ambiental como eje central

Uno de los principales criterios que introduce esta metodología es la priorización del impacto ambiental negativo como elemento clave en la determinación de las multas.

En los casos donde el incumplimiento sea de carácter formal o no genere un impacto ambiental negativo, la sanción se calculará en función de variables como el beneficio ilícito obtenido, la probabilidad de detección y los factores de graduación, excluyendo aquellos vinculados a daños ambientales.

Por el contrario, cuando se haya producido un impacto ambiental negativo, la multa incorporará no solo el beneficio ilícito y la probabilidad de detección, sino también factores relacionados con la magnitud y características del daño ocasionado.

Sanciones más estrictas ante daños significativos

La metodología establece un enfoque más riguroso en los casos de impactos ambientales significativos. Cuando exista información suficiente para cuantificar el daño, la multa podrá incluir una proporción o incluso la totalidad de la valoración económica del impacto ambiental negativo generado.

Este criterio busca internalizar los costos ambientales en las actividades económicas, promoviendo que las empresas adopten medidas preventivas y cumplan con las normativas vigentes para evitar sanciones más severas.

Fortalecimiento de la fiscalización ambiental

Con la aprobación de esta metodología, el OEFA fortalece su rol como entidad encargada de supervisar y sancionar el cumplimiento de las obligaciones ambientales en el país.

La nueva herramienta permitirá uniformizar criterios, reducir la discrecionalidad en la imposición de multas y mejorar la predictibilidad para los administrados, quienes podrán conocer con mayor claridad las consecuencias de sus acciones. Asimismo, se alinea con las tendencias internacionales en materia de fiscalización ambiental, donde se busca que las sanciones no solo sean punitivas, sino también disuasivas y orientadas a la prevención de daños.