OEFA

Ante el comunicado emitido por Pluspetrol Norte S.A. (en adelante, Pluspetrol), señalando supuestos “atropellos” por parte del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA), este organismo rechaza categóricamente dichas acusaciones y manifiesta lo siguiente:

 

  1. Pluspetrol asumió las operaciones del Lote 192 (ex Lote 1-AB), en virtud de la cesión de posición contractual en el contrato suscrito entre Petróleos del Perú – Petroperú S.A. (en adelante Petroperú) y Occidental Petroleum Corporation of Perú, Sucursal del Perú (en lo sucesivo, OXY), celebrado en el año 1985; así como las operaciones del Lote 8, en virtud de la cesión de posición contractual del contrato suscrito entre Perupetro y Petroperú en el año 1994.

 

  1. Todos los argumentos planteados por Pluspetrol han sido evaluados y analizados en el marco de los procedimientos sancionadores tramitados ante el OEFA, que han concluido con pronunciamientos confirmados por el Tribunal de Fiscalización Ambiental.
Ver también:  Inician las inscripciones al Curso de Extensión Universitaria en Fiscalización Ambiental del OEFA 2025

 

  1. El comunicado hace referencia al laudo arbitral emitido en el arbitraje sostenido ante la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial entre Perupetro y Pluspetrol, respecto del cual la empresa hace una lectura parcial e incorrecta, dado que en dicho pronunciamiento el tribunal arbitral fue enfático en señalar que Pluspetrol “asumió contractualmente una obligación de cumplir la normativa ambiental y de acatar las decisiones de las autoridades competentes, toda vez que son vinculantes.”

 

  1. OEFA, en el ejercicio de sus funciones legales y con base en una correcta interpretación y aplicación de la normativa ambiental, determinó la responsabilidad de Pluspetrol por los impactos generados por el desarrollo de sus actividades y por no cumplir con remediar las áreas contaminadas en base a la regulación vigente. Pluspetrol ha cuestionado ante el Poder Judicial las resoluciones que declaran dicha responsabilidad. Es decir, la empresa viene ejerciendo sus derechos; y el OEFA ha respetado y seguirá respetando las decisiones que se emitan en el fuero jurisdiccional.
Ver también:  OEFA gana premios de Buenas Prácticas en Gestión Pública 2024

 

  1. Pluspetrol ha sido objeto de fiscalización por el OEFA, identificándose una serie de incumplimientos derivados de la operación a su cargo (es decir, distintos a los que han sido cuestionados por Pluspetrol, alegando que se le estaría obligando a remediar pasivos derivados de operaciones anteriores); atribuyéndosele responsabilidad por un total de 242 infracciones contenidas en actos administrativos firmes (lo que representa el 76 % respecto al total de infracciones sobre las cuales se ha declarado responsable a Pluspetrol).

 

  1. Dichos procedimientos administrativos sancionadores se han desarrollado de conformidad con las facultades conferidas en la Ley 29325, lo que habilita a OEFA a imponer medidas correctivas que tienen por objeto revertir el daño causado y remediar los efectos nocivos ocasionados al ambiente; y en tal sentido, OEFA continuará utilizando las herramientas legales que sean necesarias para que Pluspetrol dé cumplimiento a lo ordenado, incluyendo la aplicación de multas coercitivas.
Ver también:  Oportunidad laboral: OEFA ofrece vacantes para realizar prácticas pre y profesionales 

 

  1. En lo que se refiere a la aprobación del Plan de Abandono al que se hace referencia, este es un procedimiento cuya autoridad competente es el Ministerio de Energía y Minas

 

Finalmente, OEFA reafirma su compromiso con el mandato legal que tiene de garantizar una adecuada protección al ambiente y el bienestar de nuestra ciudadanía, promoviendo con ello el desarrollo de actividades económicas sostenibles.

OEFA hace reserva expresa de todos sus derechos bajo la normativa aplicable y el ordenamiento jurídico peruano.