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ProActivo | La norma que modifica La ley 27037, Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, que dispone exonerar del Impuesto General a las Ventas (IGV) a las empresas que presten los servicios de comercialización y distribución de energía eléctrica, fue publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Esta modificación aprobada por el Congreso de la República mediante insistencia exonera del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el reglamento de la Ley 27037, para obtener este beneficio a las compañías que brindan los servicios mencionados en las regiones de Madre de Dios, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, Huancavelica, La Libertad, Piura y en algunos distritos de Ayacucho.

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Este cambio incorpora el párrafo 13.3 a la norma citada, detallando las localidades en las que se ubican las empresas para las que regirá esta exoneración del IGV.

Como disposición complementaria, se precisa que el Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley de promoción de la inversión en la Amazonía, a través de un decreto supremo que será firmado por el ministro de Economía y Finanzas.

Esta norma tiene como objetivo promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía peruana, fijando las condiciones para la inversión pública y el fomento de la inversión privada.

La Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo las condiciones para la inversión pública y la promoción de la inversión privada.