Osinergmin aprobó los costos administrativos incurridos por la empresa Cálidda con motivo de la implementación del Fise.

Osinergmin aprobó hoy los costos administrativos incurridos por concesionaria de distribución de gas para implementar Fise en marco de programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural.

Según Resolución de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) 091-2017, se aprobó los costos administrativos incurridos por la empresa de Gas Natural de Lima y Callao (Cálidda) con motivo de la implementación del Fise en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural.

Señala la Resolución que esos costos administrativos incurridos por Cálidda suman 192,922.68 soles y corresponden al lapso comprendido entre el 1 de setiembre del 2016 y el 30 de abril de este año.

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Se indica que dicho monto comprende los costos incurridos en actividades de implementación de sistemas informáticos que alcanzan los 140,834.77 soles por único período.

Así como los costos en actividades por gestión administrativa que llegan a los 52,087.91 soles por el lapso que va del 1 de setiembre del 2016 al 30 de abril del 2017.

Se establece que la a empresa Cálidda podrá solicitar el reconocimiento de nuevos costos administrativos incurridos, luego de transcurrido un periodo no menor a seis meses contados desde la fecha de emisión de la última resolución de reconocimiento.

Utilización de fondos Fise

De acuerdo a los considerandos de la norma, corresponde a Osinergmin reconocer los costos administrativos incurridos por la empresa concesionaria de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao con motivo de la implementación del Fise, en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural.

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Se menciona en los considerandos que los numerales 10.5 y 10.8 del Reglamento de la Ley del Fondo de Inclusión Social Energético (Fise) establecen que los fondos Fise podrán ser utilizados para cubrir, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del Derecho de Conexión, la Acometida y el Servicio Integral de Instalación Interna.

Los cuales serán devueltos de acuerdo con el nivel socio-económico del hogar, según plano estratificado a nivel manzana por ingreso per cápita del hogar, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (Inei).