Juez Omar Ahomed Chávez

  • Código Penal castiga este ilícito hasta con ocho años de cárcel.

El juez superior Omar Ahomed Chávez, integrante de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Lima, explicó que la minería ilegal, es un delito de peligro, es decir, no es necesario que provoque un daño para ser sancionado penalmente.

“El Código Penal contempla sancionar con penas privativas de la libertad de cuatro a ocho años, las actividades de exploración, explotación o extracción tanto de minerales metálicos y no metálicos que causen o generen un peligro a la salud y a la calidad ambiental o a sus componentes”, puntualizó.

Refirió que esta situación conlleva a que se cometa un delito de peligro, es decir, no es necesario que se cometa un daño. “Se da (el delito) cuando las personas ponen en situación de riesgo al medioambiente y no cuentan con la autorización administrativa respectiva”, indicó.

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Precisó que la modalidad agravada del delito de minería ilegal es sancionada con hasta ocho años. “Pero también se contempla la modalidad culposa, es decir, cuando no ha habido la intención, pero producto de la negligencia de no cumplir con los deberes de cuidado, el agente va a responder con una pena privativa de la libertad no mayor de tres años”, señaló.

La modalidad agravada, explicó, “no requiere que se cause resultados, basta el peligro y se vea un actuar doloso de los agentes para castigar con una pena de cuatro a ochos años de pena privativa de la libertad”, remarcó.

MINEROS ILEGALES

Respecto a los ataques recientes contra empresas mineras con la pérdida de vidas humanas, el juez indicó que los mineros ilegales ven como rivales a las mineras formales, y esto los lleva a amenazar y a amedrentar.

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“No podemos hablar, propiamente, de un delito de minería ilegal (…). En todo caso, estos podrían ser otros delitos, que pueden ser más graves aun como el secuestro, extorsión u homicidio que tienen penas mucho mayores que el de la minería ilegal”, precisó.

Ahomed Chávez agregó que los procesos por minería ilegal han ido creciendo, y esta actividad que antes se consideraba aislada, ahora, lamentablemente, lo hacen, organizaciones criminales.

“El problema es que las minerías ilegales al ver que no les pasa nada y que pueden actuar sin ningún problema en el mundo de la ilegalidad van tomando riesgos mayores como es invadir terrenos, atacar a otros y, lo más dramático, eliminar a otras personas para mantener su posición en esas zonas”, añadió.

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Por eso, indicó, el Estado no puede dejar de lado la sanción, pero sí establecer una cultura de legalidad en las personas vinculadas a actividades mineras para que poco a poco realicen sus actividades bajo las regulaciones del Estado.

Señaló que antes la minería ilegal no se ha percibido con gravedad para la comunidad, y se le ha visto como un tema aislado, como cualquier actividad económica informal.

“No es que se combata la informalidad de esa actividad, lo que se combate en estas conductas es el peligro que va a generar a las futuras generaciones en lo que es calidad ambiental y salud. Lo que se busca sancionar es el peligro a futuro que pueden dejar los daños ambientales, que pueden ser irreparables”, acotó.