El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) viene orientando su gestión hacia el establecimiento de un equilibrio entre la inversión privada y la fiscalización ambiental, señaló su presidente Hugo Ramírez Gómez.
“La fiscalización ambiental no puede ser draconiana, excesiva, una causa para cerrar negocios o que ahuyente a la inversión”, sostuvo ante la comisión de Energía y Minas del Congreso, a donde acudió para informar sobre las acciones tomadas para enfrentar el derrame de petróleo, por parte de Pluspetrol, en la región Loreto, y que contaminan el río Pastaza y sus afluentes.
El funcionario afirmó que la inversión privada debe ir en paralelo con la protección de los derechos de los ciudadanos a tener un medio ambiente sano. “Hay que buscar un equilibrio en el cual haya inversión que da trabajo, pero con respeto a la normatividad ambiental”, subrayó.
Al respecto, manifestó que las multas por infracciones medioambientales se aplican buscando no afectar severamente a la empresa ni la inversión, pues se debe mantener el ritmo de crecimiento de la economía.
Acotó que son las propias empresas extractivas, las que han asumido el compromiso de aplicar eficazmente los instrumentos de gestión ambiental y a realizar actividades de remediación para contrarrestar los pasivos ambientales existentes en su entorno.
Metodología de multas
Ramírez destacó que la metodología del OEFA para imponer multas, utiliza las herramientas más modernas del análisis económico para calcular y graduar estas sanciones a partir de criterios técnicos y objetivos.
Detalló que para las empresas que afecten el medio ambiente, las multas tienen un tope de 10.000 UIT y con la nueva normativa subirán a 30.000 UIT, pero que por un principio de razonabilidad no se les sanciona con ese tope, salvo en casos extremos.
El funcionario dijo que en el caso de las multas impuestas por el OEFA, sólo una vez se impuso 8.000 UIT, y que fuera de eso, “todas han sido menores de 2.000 UIT”.
“Son incentivos para privilegiar las medidas correctivas que asume una empresa en la remediación ambiental; así se va a hacer, aplicando los principios de proporcionalidad y razonabilidad”, explicó.
En tal sentido, anotó que si se dan infracciones sin trascendencia, que no han causado daño, no se sancionaría.
“La idea, es darle al administrador la oportunidad para el cumplimiento ambiental y si no lo hace, entonces será sancionado”, puntualizó.
Contaminación Lotes 1AB Y 8
Sobre a la intervención del OEFA en los Lotes 1AB y 8, operados por Pluspetrol Norte S.A y en donde se produjo derrames de hidrocarburos que afectan el medio ambiente, Ramírez informó que las áreas impactadas están sujetas a periódicos monitoreos ambientales para ir remediando los daños.
Indicó que en el caso del Lote 1AB, en la cuenca del río Pastaza, se han monitoreado 26 puntos de suelo, de los cuales 10 están contemplados en el Plan Ambiental Complementario (PAC) y se han establecido 37 puntos de monitoreo, distribuidos en 18 de calidad del agua, 9 de sedimento y 10 de suelo, cuyos resultados se conocerán en breve.
Agregó que como medida preventiva, se ordenó a Pluspetrol la paralización total de los trabajos de remoción de suelos en la zona “Los Jardines”, en el área de influencia del Lote 1AB, hasta que garantice el cumplimiento de la normativa ambiental vigente
De otro lado, recordó que se multó a Pluspetrol Norte S.A con 8,047.41 UIT (más de 29 millones de soles) por incumplimientos a sus compromisos ambientales, al no culminar la remediación de lagunas y suelos contaminados por el Lote 8, yacimiento Yanayacu, colindante con la Reserva Nacional Pacaya Samiria.