El Gobierno, mediante el decreto supremo Nº 078-2024-PCM, decidió prorrogar por 30 días el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía. Esta medida comenzará a regir a partir del 3 de agosto de 2024.
La Policía Nacional del Perú (PNP) será la encargada de mantener el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Impacto en los Derechos Constitucionales
Durante la prórroga del Estado de Emergencia, se suspenden ciertos derechos constitucionales, incluyendo:
- Libertad de tránsito por el territorio nacional.
- Libertad de reunión.
- Libertad y seguridad personales.
Estos derechos están comprendidos en la Constitución Política del Perú. Para más detalles, puede leer el documento completo en el sitio web del Congreso del Perú.
Acciones de la PNP y Fuerzas Armadas
La Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas están facultadas para hacer uso de la fuerza, conforme al “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”.
Informe Detallado de Acciones
Dentro de los 5 días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia prorrogado, la PNP debe presentar un informe detallado al titular del Ministerio del Interior, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la prórroga.
Financiamiento de la Medida
La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y con las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.