Autoridad Nacional de Infraestructura Anin

Fue oficializada, mediante su publicación, la ley de creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura (Anin), aprobada por el Parlamento a partir de una iniciativa del Poder Ejecutivo.

La Ley N° 31841 aparece hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, y lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte y del titular del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, así como las del presidente del Congreso, José Williams, y de la primera vicepresidenta del Parlamento, Martha Moyano.

Esta norma establece la creación de la Anin, así como disposiciones para la formulación, ejecución y mantenimiento de proyectos o programas de inversión referidos a obras de infraestructura pública.

De acuerdo a lo establecido en su contenido, la finalidad que persigue la creación de esta entidad es la de cerrar las brechas existentes en dicho ámbito. Asimismo, busca garantizar la prestación de los servicios públicos brindados usando esa infraestructura, y dinamizar la economía.

Como organismo público ejecutor, la Anin estará adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, y contará con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica. Su ámbito de competencia abarcará a los tres niveles de gobierno.

Funciones de la Anin

Entre sus funciones tiene la de formular, ejecutar, mejorar o conservar obras de infraestructura de defensa civil destinadas a “prevenir y controlar inundaciones y otros peligros asociados al cambio climático u otras calamidades públicas”.

La Anin también deberá garantizar que los estudios técnicos y consultorías referidas a los expedientes técnicos y proyectos a su cargo “cumplan con los parámetros técnicos exigidos”. De no ser el caso, podrá reformularlos.

La cartera de proyectos y programas que esta entidad manejará se establecerá y actualizará mediante decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros, a iniciativa de la presidencia de esa dependencia del Poder Ejecutivo. Si se trata de proyectos a cargo de gobiernos regionales o locales, se requerirá también de una norma similar, aprobada por el gabinete.

El jefe de la Anin será nombrado por resolución suprema refrendada por el jefe del de Consejo de Ministros. Su periodo de gestión será de cuatro años, con una única renovación posterior inmediata, siendo pasible de ser removido por falta grave.

Cada año, este funcionario presentará su propuesta de proyectos y programas al presidente del Consejo de Ministros, se indica en la norma.


LEY QUE CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA (ANIN) – LEY Nº 31841

LEY Nº 31841

Descarga