Regiones deben establecer Plan de Ordenamiento Territorial

El Ejecutivo reglamentó la Ley de Ordenamiento Territorial y de Creación del Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial (Ley 32279), que, entre otras disposiciones, fija parámetros para el desarrollo de ese tema a nivel regional. Este reglamento es materia del Decreto Supremo N° 153-2025-PCM, emitido por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), que aparece publicada en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, en su edición de hoy. En este se indica que, a nivel regional, se debe establecer un Plan de Ordenamiento Territorial.

Detalles del Plan de Ordenamiento

Este es descrito como “un instrumento de carácter orientador respecto al uso, ocupación y aprovechamiento del territorio en el cual se establece el modelo territorial que pretende alcanzar el departamento, y los mecanismos para lograrlo”.

En tal sentido, este es considerado “el marco de referencia territorial para la planificación del Estado en las materias de incidencia territorial, articulándose con las políticas, planes, normas y proyectos que guían el desarrollo del territorio”.

Se indica además que el Plan de Ordenamiento Territorial debe contener un diagnóstico sobre el territorio que se busca delimitar, y una evaluación integral y multidimensional de las condiciones actuales del mismo.

A ello debe sumarse una propuesta de modelo de desarrollo territorial obre el uso, ocupación y aprovechamiento del territorio, orientaciones de intervención territorial en las que se identifiquen el soporte ambiental y cultural del territorio, la determinación de ciudades y centros poblados y la identificación de espacios para la localización de actividades económicas.

La propuesta también debe incluir las inversiones públicas y privadas que operativicen las orientaciones de intervención territorial establecidas para alcanzar el modelo de desarrollo territorial, el modelo de gestión a implementar, y evaluar, y la cartografía básica del territorio.

En otro artículo de este reglamento, se dispone la creación del Observatorio Nacional de Ordenamiento Territorial, que es una plataforma digital administrada por la Secretaría de Ordenamiento Territorial de la PCM.

Esta se encarga de recopilar, registrar, procesar, sistematizar y analizar información sobre ordenamiento territorial, que aporten a la Política Nacional vigente sobre este tema.