El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), mediante el Decreto Supremo Nº 001-2024, estableció el procedimiento para formalizar el uso del agua, por medio del otorgamiento de licencias para los que utilizan el recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua.
También se aprobó el anexo Formato: Solicitud de inicio de trámite.
La norma es de aplicación para todos los usos de agua, a favor de las personas naturales y jurídicas.
Alcance
Pueden acogerse al procedimiento de formalización de licencia del uso del agua las personas naturales o jurídicas que usan el agua de mar o desalinizada.
El procedimiento de formalización es conducido y resuelto por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), mediante la Administración Local del Agua (ALA).
Cultivos
Las actividades de cultivos agrícolas menores o iguales a 10 hectáreas no necesitan contar con gestión ambiental para formalizar el uso del agua.