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El Poder Ejecutivo dio inicio a la Fase 2 del proceso de reactivación de actividades económicas, incorporando en esta etapa los procesos de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas de las empresas de la mediana, pequeña y la minería artesanal formalizada.

El Decreto Supremo N° 101-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano también incluyó las actividades de exploración correspondiente a la gran y mediana minería.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) señaló que con el reinicio de dichas actividades se espera generar aproximadamente 60,000 empleos directos a nivel nacional.

El sector informó que la reactivación de las operaciones mineras comprendidas en las Fases 1 y 2 representan un aporte del 9% del PBI nacional.

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La norma establece que para el reinicio de las actividades de la mediana minería, las unidades deberán contar con campamentos mineros o habilitar componentes auxiliares y/o alojamientos externos para el uso exclusivo de sus trabajadores.

Para la reanudación de las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal formalizada se requiere contar con la acreditación de la autoridad regional, la cual también está a cargo de las acciones de supervisión y fiscalización.

La reanudación de las actividades de las empresas mineras se efectuará de manera automática con el registro en el SICOVID-19 del Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, teniendo en consideración los lineamientos del Ministerio de Salud y el Protocolo Sanitario emitido por el Minem.