Manuel Pulgar-Vidal

Ante la preocupación de la ciudadanía en relación con el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos que viene elaborando el Ministerio de Energía y Minas (MEM), es necesario precisar:

1.       El Ministerio del Ambiente es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y como parte de sus responsabilidades, acompaña el trabajo de cada uno de los ministerios en la adecuación o creación de sus reglamentos ambientales. Estos reglamentos deben contar con la opinión favorable del MINAM de acuerdo a la Ley.

 2.       El área responsable del Ministerio del Ambiente para el acompañamiento al Ministerio de Energía y Minas en la elaboración de este reglamento es la Dirección de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental.

3.       Hasta el momento, la elaboración de este reglamento está en proceso, encontrándose aún en debate a nivel técnico. En estas reuniones técnicas vienen participando por parte del MINAM la Dirección de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; y por el lado del MINEM, la Dirección General de Hidrocarburos y la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos.

4.    No existen aún decisiones finales ni acuerdos que hayan sido consensuados por estas Direcciones y que hayan sido elevados a la Alta Dirección del MINAM. Esas decisiones finales se reflejarán en la promulgación de la norma.

5.       La Dirección de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de acuerdo a los lineamientos del MINAM, promueve el desarrollo sostenible de inversiones que fortalezcan el desarrollo económico y, a la vez, resguarden nuestro patrimonio natural y mantengan las exigencias ambientales acorde con los riesgos de las distintas actividades económicas.

Oficina de Comunicaciones

Ministerio del Ambiente