El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informa a la opinión pública lo siguiente:
- El Lote 192 (anteriormente denominado Lote 1-AB) es un lote petrolero que se viene explotando desde la década del 70 cuyo último operador ha sido la empresa Pluspetrol Norte S.A. y cuyo contrato vence hoy 29 de agosto de 2015.
- En mayo de 2015, tras terminar, con el Acta de Lima, dos años de negociación entre el Estado Peruano y las cuatro cuencas de Loreto, Perupetro S.A. convocó a una Licitación Pública Internacional para otorgar el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192.
- Las empresas interesadas, calificadas y habilitadas fueron:
– Perenco del Perú Petroleum Limited, Sucursal del Perú
– Pluspetrol Norte S.A.
– Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
- El 4 de agosto del 2015, la Licitación Internacional se declaró desierta debido a que ninguno de los postores presentó propuesta. Ante esta circunstancia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 11° de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Perupetro S.A. convocó a una negociación directa.
- Las empresas convocadas por Perupetro S.A. fueron las mismas habilitadas en la Licitación Internacional. Adicionalmente, manifestó interés una cuarta empresa: Omega (Colombia).
- Sin embargo, Pluspetrol y Perenco desistieron de participar, y Omega no cumplía con las exigencias. En ese escenario, Pacific Stratus Energy manifestó a Perupetro S.A. su interés de negociar la adjudicación directa del Lote 192 con un Contrato de Servicios temporal por 02 años.
- De acuerdo con la política fijada por el Poder Ejecutivo, Perupetro S.A. consultó a Petroperú S.A. si podía participar en sociedad con esta empresa, para operar el Lote 192 hasta en un 25%. Luego de la evaluación legal, técnica y financiera, Petroperú S.A. decidió no participar en este Lote debido a que no le era rentable. Asimismo, manifestó su interés de participar en el siguiente proceso de Licitación, que se extenderá por un lapso de 30 años.
- Ante la posición de las autoridades de la región Loreto, se esperó el debate parlamentario para eliminar el impedimento legal que prohíbe a Petroperú S.A. participar en la negociación directa por el Lote 192.
- Sin embargo, tras la sesión desarrollada el último jueves en el Congreso de la República, y la negativa a debatir y aprobar este punto, Perúpetro S.A. sólo tiene la opción de continuar con la tramitación del Contrato de Servicios a Pacific Stratus, por un lapso dos años, ya que cerrar los pozos petroleros, con el consiguiente perjuicio del desarrollo de Loreto y de sus comunidades nativas, no es una opción.
- Por tal razón, y de conformidad con la Ley Orgánica de Hidrocarburos, se publica hoy el Decreto Supremo N°027-2015-EM que aprueba el Contrato de Servicios temporal por 02 años con la empresa Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
- Los beneficios para el país que resultan de este Contrato son los siguientes:
– No paralizar el funcionamiento de los pozos del Lote 192, a fin de mantener la producción de petróleo en este campo en aproximadamente 9,500 barriles diarios.
– Reacondicionar 06 pozos para evitar la disminución de la producción.
– Dar continuidad de los ingresos por pagos de Regalías al Estado.
– Dar continuidad al pago del canon y sobrecanon petrolero a la Región Loreto.
– Aportar el 0.75% de las ventas de petróleo de este lote a un Fondo Social a favor de las Comunidades Nativas de la zona, que representan aproximadamente un millón de dólares anuales, derecho reconocido por primera vez a favor de las comunidades nativas.
– Evitar el desempleo que podría ocasionar un problema social.
– Mantener los contratos de servicios con las empresas comunales de la zona, y,
– Evitar mayor importación de petróleo.
- Paralelamente al proceso de Licitación, y durante la negociación directa, se trabajó el proceso de Consulta Previa con las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192, representadas por 04 Federaciones.
- Se culminó satisfactoriamente este proceso con 02 de esas comunidades, representadas por FECONAT y ORIAP. Sin embargo, y pese a los esfuerzos desarrollados, con las Comunidades representadas por FEDIQUEP y FECONACO no se pudo llegar a un acuerdo.
- Sin perjuicio de ello, el Estado ratifica su interés y compromiso de atender las demandas de las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192 y desarrollar sus mejores esfuerzos para alcanzar acuerdos en beneficio de ellas.
- Asimismo, ratifica que los acuerdos alcanzados en el marco de la Consulta Previa aplicarán al Contrato de Servicios, a celebrarse con la empresa Pacific Stratus, así como a la futura Licitación Pública a efectuarse por Perupetro S.A, hasta por un plazo de 30 años.
- Reitera la responsabilidad de la empresa Pluspetrol Norte S.A. por la remediación ambiental de las zonas afectadas, para lo cual las entidades fiscalizadoras del Estado (OSINERGMIN y OEFA) velarán por el cumplimiento de las obligaciones asumidas. Por su parte, el Estado ha constituido un Fondo de Contingencia con un capital semilla de S/. 50 millones de Nuevos Soles para las acciones de remediación inmediata que se requieran en la zona.
- El Poder Ejecutivo invoca a la población, a las Comunidades Nativas del área de influencia directa del Lote 192, a los dirigentes y las autoridades de la región Loreto, a respetar las decisiones tomadas en beneficio de la Región Loreto y del país, las mismas que se han adoptado en estricto cumplimiento del marco legal vigente.