Daniel Mora

Daniel Mora Zevallos Presidente Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso.

Ley Universitaria: ¿Cuáles son los alcances de esta norma?

Se desactivará la ANR y el Conafu. Autógrafa irá hoy a Palacio de Gobierno. Ejecutivo tiene 15 días para promulgarla 

El Pleno del Congreso aprobó ayer, al cierre de la legislatura, la nueva ley universitaria. Si es promulgada hoy, su primer efecto será la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), que tendrá amplios e ilimitados poderes, que vulnerarían la hasta ahora vigente autonomía universitaria.

Esta nueva entidad reemplazará a la Asamblea Nacional de Rectores(ANR) y al Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu), que serán desactivadas a partir de la vigencia de la nueva ley.

Según conoció El Comercio, la ANR alista una acción de constitucionalidad contra la norma. Además, algunas universidades presentarán sendas acciones de amparo.

Lo controvertido de la norma explica la ajustada votación. Fue aprobada con 55 votos a favor, 45 en contra y tres abstenciones. Y con 55 adhesiones, 48 votos en contra y cuatro abstenciones, fue exonerada de la segunda votación. Así, quedó lista para que sea promulgada por el presidente Ollanta Humala.

El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora(Perú Posible), negó que la nueva ley viole la autonomía universitaria, pero admitió que la Sunedu estará adscrita al Ministerio de Educación.

Ante ello, el pepecista Alberto Beingolea alertó: “¡Podrán decir lo que quieran! ¡Esta superintendencia será manejada por el gobierno de turno! ¡El superintendente lo nombra el ministro de Educación!”.

OTROS ASPECTOS
La futura ley le da amplias facultades al superintendente. Una de sus atribuciones es: “ejecutar las políticas y realizar las acciones necesarias para la correcta aplicación de los lineamientos técnicos aplicables al servicio en materia de educación superior universitaria que resulten de su competencia”.

Para Beingolea, esto es peligroso. “En cualquier momento podrá venir alguien con ganas de tapar la libertad de crítica y de cátedra y lo podrá hacer porque tiene el mando total. ¡Aquí no ha habido racionalidad para votar en conciencia! ¡Se ha votado al caballazo, como se votó en la Comisión de Educación!”.

El texto –de 133 artículos y varias disposiciones transitorias– fue sancionado ayer sin debate, a pesar de que se trata de un nuevo documento respecto al que fue aprobado hace varios meses en la Comisión de Educación y del que se ventiló el miércoles en el pleno.

El nuevo dictamen fue repartido a los 106 legisladores que estuvieron presentes en sus curules a las 9 de la mañana y tres horas después se votó.

Eso sí, antes de la votación se archivaron tres pedidos para conseguir un meditado pronunciamiento parlamentario.

Así, por ejemplo, no prosperó una cuestión previa para solicitar a la Comisión de Constitución que opine si es que la denominada Sunedu se ajusta  al marco constitucional.

LAS VOTACIONES
Gana Perú, Perú Posible y Acción Popular-Frente Amplio respaldaron la propuesta de ley. Se pronunciaron en contra los congresistas de Fuerza Popular, Partido Popular Cristiano, Solidaridad Nacional y Concertación Parlamentaria.  Los tres que se abstuvieron fueron el oficialista Hernán de la Torre, Wuiliam Monterola (Unión Regional) y Heriberto Benítez (antes de SN).

El vocero de Fuerza Popular, Héctor Becerril, alertó que la nueva ley tiene varios artículos inconstitucionales y pronosticó que no durará mucho tiempo. “¡Hay que esperar qué dice el Tribunal Constitucional!”, dijo.

¿CUÁLES SON LOS ALCANCES? 

1. Para ser docente se requerirá tener maestría 
Lo que pretende la Ley Universitaria es mejorar la calidad académica. Por eso se fija que uno de los requisitos para ejercer la docencia universitaria sea haber obtenido, por lo menos, una maestría. Las universidades tienen siete años para adaptarse a este requisito, que implicaría una mejora remunerativa para el docente.

2. Aumenta de 15% a 25% el número de docentes a tiempo completo.
La nueva disposición obliga a que –en adelante– los centros superiores de estudios tengan como mínimo un 25% de docentes a tiempo completo. Esto busca favorecer la investigación científica, la producción editorial y la realización de asesorías a los alumnos que van a egresar de las aulas.

3. Se elimina el vicerrectorado de administración.
La nueva ley reemplaza  el vicerrectorado de administración por una gerencia, y crea el vicerrectorado de investigación. ¿Por qué? Porque así habrá fondos económicos para que las universidades compitan con proyectos educativos. El profesor investigador tendrá una remuneración extra equivalente al 50%.

4. Nuevas condiciones para obtener el bachillerato
Un estudiante universitario que termine sus ciclos de estudios no podrá obtener su título en ninguna universidad ajena a aquella en la que estudió. Existen universidades que solo dan títulos a nombre de la Nación. Sucedía que algunos alumnos estudiaban en Lima, se matriculaban en universidades alejadas y se titulaban.

5. Las nuevas universidades surgirán con requisitos
Para que exista una nueva universidad deberá contar con requisitos básicos de calidad. ¿Cuáles son? Infraestructura adecuada, personal docente adecuado. Actualmente existen centros superiores de estudios que funcionan en locales inapropiados, como garages. Habrá una evaluación de calidad a las 139 universidades.

6. Se elimina el bachillerato automático
Para obtener el grado de bachiller el estudiante debe haber aprobado los estudios de pregrado y un trabajo de investigación así como un idioma extranjero, de preferencia inglés o una lengua nativa. Para el título profesional se requiere el grado de bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional.

El Comercio

Ley Universitaria: eliminación del bachiller automático no afecta a alumnos matriculados

Los nuevos requisitos para la obtención de grados y título solo tendrán efecto en los estudiantes que se matriculen luego de su eventual promulgación.

Tras la aprobación en el Congreso de la nueva ley universitaria, se establece nuevos requisitos para la obtención de los grados de bachiller, título profesional, maestría y doctorado que alarman a los actuales estudiantes.

Más allá del debate por la eventual afectación a la autonomía universitaria, ha llamado la atención de los actuales alumnos los nuevos requisitos que se fijan en el artículo 45, referido a la obtención de grados y títulos.

Sin embargo, desde un primer momento, Daniel Mora, presidente de la Comisión de Educación, afirmó que no puede cambiar las reglas de jugo, en referencia a los alumnos que están ya estudiando y tendrán que adecuarse a esta ley.

De esta manera, el congresista peruposibilista añadió una décima tercera disposición complementaria transitoria, en la que recalca que el mencionado artículo no tendrá efecto en aquellos que están matriculados.

A la letra de la ley, esta disposición señala lo siguiente: “Los estudiantes que a la entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren matriculados en la universidad no están comprendidos en los requisitos establecidos en el artículo 45 de la presente Ley”.

Es decir, la ley, una vez promulgada por el Poder Ejecutivo, solo tendrá efecto sobre los estudiantes que recién ingresen a la universidad, en el caso del pregrado; o recién inicien una maestría o doctorado, grados que también han presentado modificaciones en cuanto a sus requisitos.

BACHILLER AUTOMÁTICO

Aunque en un comienzo se planteaba la elaboración de una tesis de investigación para que el alumno, tras culminar sus ciclos de estudio y cumplir con los créditos establecidos, obtenga el grado de bachiller, este punto se modificó para tranquilidad de los jóvenes.

Es así que los alumnos que hayan terminado exitosamente con sus estudios de pregrado podrán tentar al grado de bachiller siempre y cuando presente un trabajo de investigación, a modo de tesina, ante su universidad.

Además de la presentación de este trabajo y los trámites administrativos propios de una casa de estudios, el estudiante deberá certificar el conocimiento básico de al menos un idioma extranjero, de preferencia el inglés, o una lengua nativa.

Este grado de bachiller se expide a nombre de la Nación, así la facultad o carrera esté acreditada o no; a diferencia del planteamiento original que proponía que solo las no acreditas solo entreguen el grado a nombre de la propia universidad.

TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO

Similar es el caso de los requisitos para la obtención del título profesional de licenciado. Todas las carreras podrán entregar título a nombre de la Nación. Adicional a ello, solo las acreditas, podrán hacer mención a tal condición en el texto del documento.

La obtención de la licenciatura no presenta mayores modificaciones  a los actuales requisitos. El bachiller, además de los trámites administrativos, podrá obtener este título profesional presentando y sustentando una tesis o aprobando un trabajo de suficiente profesional.

Este último punto da pie a que se mantenga los cursos de actualización profesional que sirve para el examen de titulación. Sin embargo, la ley señala que las carreras acreditas podrán disponer otras modalidades que crean conveniente.

Además, se subraya que el estudiante podrá obtener el título profesional solo en la universidad en donde haya llevado sus cursos de pregrado, eliminando la práctica de sacar la licenciatura en una universidad distinta.

MAESTRÍAS Y DOCTORADOS

En el caso del grado de maestro, la persona debe acabar los cuatro semestres o los que establezca la escuela de postgrado y elaborar una tesis o trabajo de investigación en la especialidad respectiva.

Además, deberá certificar que tiene dominio sobre un idioma extranjero o una lengua nativa. No es requisito para iniciar una maestría o aspirar al grado el contar con título profesional de licenciado.

En tanto, el maestro que desea obtener el grado de doctor debe aprobar al menos seis semestres académicos, con 64 créditos como mínimo. Además, debe elaborar, presentar y sustentar una tesis de máxima rigurosidad académica y de carácter original.

También debe demostrar el dominio de dos idiomas extranjeros o uno, complementándolo con una lengua nativa.

Tanto para la maestría como doctorado, son las instituciones universitarias las que determinan los requisitos,  exigencias académicas y modalidades con las que se regirán.

La República

Calidad educativa será prioridad

Casas de estudios superiores tendrán plazo de cinco años para adecuar plana docente, precisa Daniel Mora.

Después de un debate de dos años en la Comisión de Educación y 15 años en el Parlamento, el pleno aprobó por mayoría la nueva Ley Universitaria.Tras la exposición del presidente del referido grupo parlamentario, Daniel Mora (PP), y de rechazarse cuestiones previas para aprobar la norma por artículos separados, el pleno emitió el siguiente veredicto: 56 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones.

“La ley busca incrementar sustancialmente la calidad educativa, por eso plantea que las universidades tengan profesores mínimo con el grado de maestría”, dijo Mora.

 

Remuneraciones

Explicó que la norma da un plazo de cinco años a las universidades para que puedan adecuar su plana docente, lo que permitirá “incrementar la calidad y los honorarios de los profesores, pues no se permitirá que les paguen ocho nuevos soles la hora, como ocurre actualmente”.

También precisó que la nueva ley obliga a que el 25% de los docentes de cada universidad tenga una dedicación a tiempo completo, y que los profesores que realicen investigaciones sean remunerados en 50% más respecto a sus ingresos totales.

 

Vicerrectorados

Además, se elimina el vicerrectorado de administración para dar paso a una “gerencia administrativa y profesional”, y se instaura el vicerrectorado de investigación.

Mora destacó también que la norma no permitirá que un bachiller egresado de una determinada universidad pueda sacar su título en otro centro de estudios del país a cambio de un desembolso económico.

Entre otros aspectos de la nueva ley, indicó que se deja en libertad a las universidades privadas sin fines de lucro para que internamente organicen su propio gobierno; se establece una nueva conformación de las asambleas universitarias y se instaura el voto universal para la elección de sus autoridades.

Para que un proyecto de universidad prospere deberá reunir las condiciones mínimas de calidad en infraestructura y docentes, advirtió.

El titular de la Comisión de Educación anunció que habrá una reevaluación de las universidades y se les dará plazos para que incrementen su calidad. “Si no cumplen, serán cerradas.”

Indicó que la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu), tal como lo señala la nueva ley, será una entidad adscrita al Ministerio de Educación, con autonomía administrativa y presupuestal.

Autonomía

La nueva norma respeta la autonomía universitaria, que termina donde empieza la Constitución y la ley, aseguró Daniel Mora.

Fuente: Congreso