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Fuente: La República

No respetan. Empresas pesqueras y de hidrocarburos representan el mayor porcentaje de infractores por incumplir con el EIA.

Cerca de 36 casos de contaminación al medio ambiente fueron registrados por el Organismo de Evaluación de Fiscalización Ambiental (OEFA) en la región Piura. Esto luego que empresas pesqueras y mineras incumplan con su Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según informaron los miembros del directorio durante el desarrollo del seminario regional “Alcances y perspectivas del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA”.
La jefa de la oficina de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA, Patricia Quijano Vallejos, señaló que de los casos evaluados el mayor porcentaje de infracciones pertenece a empresas pesqueras ubicadas a lo largo del litoral peruano, así como a las compañías de hidrocarburos.
Detalló que quince empresas pesqueras recibieron una sanción económica cuya suma total de multas asciende a solo 90 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) debido a que el monto por infracción para estas instancias es bajo. Sin embargo, la normativa está dada de esa manera y la OEFA solo acata.
Entre estas instituciones infractoras agregó que se encuentran las empresas pesqueras ubicadas en la Zona Industrial II de Paita, las cuales hace varios años contaminan el mar y según la representante estas no cuentan con la norma de tratamiento de residuos sólidos, por lo que OEFA ya ha iniciado procedimientos de oficio para sancionar y controlar que no se continúe contaminando la bahía.
A este reporte se suman cuatro empresas de hidrocarburos, las cuales fueron sancionadas por incumplir con los estándares estipulados en su EIA; por ejemplo, a la empresa petrolera Olympic Perú INC se le impuso una multa de 600 UIT. Asimismo la petrolera coreana SAPET Development Perú INC fue sancionada con 640 UIT aproximadamente.
“Los nuevos casos de atentados contra el ambiente que puedan surgir a partir de este año serán sancionados en el marco de una nueva normativa que establecen multas mayores para que la sanción sea ejemplar”, refirió.

Caso Vale
A su turno el presidente del Consejo Directivo de OEFA, Hugo Gómez APAC, se pronunció respecto al caso Miski Mayo (Vale), cuya empresa minera recibió una sanción de 40 UIT por contaminar la bahía de Sechura y mencionó que la empresa está dentro del tiempo reglamentario para apelar la decisión.
Recordemos que mediante una nota prensa la empresa sostuvo que hace dos años cuenta con el sistema de encapsulado para mitigar la contaminación por las partículas esparcidas en el aire como respuesta a la supervisión realizada en el 2011, por tanto la multa del 2013 no tiene fundamento.
Sin embargo, Gómez dejó en claro que “una cosa es la parte administrativa y otra la remediación de la empresa, es decir, si contaminas en el año 2012 tendrás que pagar por el daño que causaste en ese año”, dijo.
Por su parte Skarley Llano Buzza, representante de la Oficina Desconcentrada de Piura, aseguró que Miski Mayo seguirá siendo evaluada y las nuevas denuncias por la población ante la inminente contaminación también serán investigadas y recibirá una sanción por ello, de acuerdo a la ley vigente.
“A partir de julio del 2010 se han realizado 16 acciones de supervisión a la empresa Miski Mayo (Vale), donde se ha identificado presuntas infracciones administrativas que han dado lugar a las sanciones correspondientes por incumplir con el EIA. Las acciones de fiscalización son técnicas y si se identifican nuevos puntos críticos serán sancionados”, indicó.  

Nuevo enfoque de fiscalización
Hugo Gómez dio a conocer el nuevo enfoque de fiscalización y sanción que adoptará la OEFA, que permitirá acelerar los procesos y no retardar las sanciones. Esto debido a la demora entre el período de supervisión y el procedimiento sancionador que se tenía en años anteriores.
Por esta razón indicó que la nueva evaluación del organismo incluye la presentación del informe técnico acusatorio, a través del cual los supervisores podrán consignar el listado de las infracciones en un plazo de tres meses. Una vez finalizado este proceso se podrá elaborar el informe técnico acusatorio y en un plazo de cinco meses se realizará la sanción correspondiente a la entidad, el cual –según la normativa– se convierte automáticamente en la imputación de cargos.