
Sala Villa Stein señala que delitos de asociación ilícita y peculado no son compatibles con tratado de extradición vigente.
La Sala Penal Permanente, que preside el vocal supremo Javier Villa Stein, resolvió por unanimidad declarar improcedente el pedido de extradición de Martín Belaunde Lossio, formulado por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional, por los delitos de asociación ilícita y peculado.
Villa Stein argumentó que estos dos delitos atribuidos a Martín Belaunde Lossio no son compatibles con lo que establece el tratado de extradición vigente entre nuestro país y Bolivia.
Villa Stein también señaló que la Corte Suprema «no es mesa de partes de la procuraduría» y que su sala ha actuado jurídicamente. Fue el procurador anticorrupción, Joel Segura, uno de los que fundamentó ayer la solicitud de extradición de Martín Belaunde Lossio.
No obstante, Villa Stein dejó abierta la posibilidad de que más adelante la autoridades judiciales puedan presentar un pedido de extradición por el delito de lavado de activos. En la víspera esta sala rechazó incluir este último delito en el actual pedido de extradición.
El Comercio
Lee aquí la resolución que declara IMPROCEDENTE el pedido de extradición de Belaunde Lossio ► http://t.co/f8Xaw3n0XI pic.twitter.com/74mTVJvvw1
— Política El Comercio (@Politica_ECpe) febrero 6, 2015
Abogado por la UNMSM, con especialización en Derecho Mineroenergético. Maestrando en Gestión Pública por la Escuela de Posgrado de la Universidad Continental. Miembro del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Asistente de la cátedra Derecho de Minería y Energía (2017 – 2018) en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM. Editor de ProActivo.
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