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La Asociación de Contribuyentes del Perú analizó la paralización del trabajo según los distintos sectores económicos, revelando que 1.8 millones de peruanos no reciben ninguna medida de parte del gobierno. El primer sector de este grupo pertenece a actividades como inmobiliarias, deportes, entretenimiento y asociaciones; el segundo sector, actividades como abogados, arquitectos, publicistas, veterinarios y otros trabajos independientes. ¿Qué medidas benefician a estos sectores?

Objetivo de las medidas del gobierno

Con las medidas económicas que se han implementado, el gobierno busca dar apoyo principalmente a empresas para mantener su capital de trabajo.

Sin embargo, algo que no se está buscando es reemplazar ingresos de los hogares de trabajadores independientes, considerados clase media “vulnerable” y a los cuales la paralización por la pandemia no les permite trabajar y por lo tanto restringe su capacidad de generar ingresos.

  • Se estima que casi el 60% de la población ocupada (8.85 millones de personas) se encuentra hoy detenida y sin trabajar.
  • 80% de parados (7 millones de personas) trabajan en microempresas, de los cuales dos tercios (4.7 millones) se concentran en el comercio de bienes no esenciales, restaurantes, transporte y construcción, siendo el 80% de estos informales.
  • Pero existe también otro sector bastante afectado y casi invisible que no se está mencionando. Es el sector “otros servicios” y “otros servicios profesionales y técnicos”, que concentra 8 millones de personas y que no presenta significativamente más ingresos que el resto de sectores.
  • Estos dos sectores incluyen a personas naturales con actividades inmobiliarias, deportes, entretenimiento y asociaciones, y con actividades como abogados, arquitectos, publicistas, veterinarios, especialistas en temas sociales que trabajan en organizaciones sin fines de lucro y que hoy tampoco encuentran fuentes de ingreso.

Las medidas actuales excluyen a este sector “clase media vulnerable”

  • Las medidas del gobierno incluyen S/ 1,471 millones para hogares pobres (SISFOH) a través del bono extraordinario, S/.600 millones para trabajadores formales en quinta categoría, S/.1,500 millones para Mypes formales en ciertos sectores, S/.5,300 millones en retiro de AFPs y S/.5,500 millones de CTS, además de créditos extraordinarios para empresas informales anunciados por la Ministra de producción y 30 mil millones de soles que el BCR y MEF han decidido inyectar en el sistema financiero privado.
  • De todas las medidas implementadas al momento, la única que puede llegar al grueso de la población de clase media vulnerable es la medida de garantías por S/.30,000 millones anunciada por el Banco Central de Reserva (BCRP). Sin embargo, esta medida, como ya se pudo apreciar el día de ayer, presenta varias limitantes que afectan su implementación.
  • Finalmente, todas estas medidas, salvo la dirigida a población SISFOH y a empresas informales, colabora con sectores formales que gozan de salud financiera o tienen más herramientas de ahorro y estabilidad (retiro de AFP y CTS).

Dificultades actuales de la clase media vulnerable:

  • El sector que hemos denominado “clase media vulnerable” venía arrastrando problemas de ingresos antes de la crisis, y/o tenía algunas dificultades en el sistema crediticio a raíz del paulatino enfriamiento de la economía, enfriamiento que precedió a la pandemia.
  • Los datos reafirman esta realidad: en noviembre 2019, sin ninguna previsión de la crisis actual, la calificadora de riesgos Moody’s Investors advirtió que el Perú estaba sobre endeudado y que en caso de desaceleración el riesgo de impago sería muy alto.
  • La población sobre endeudada era y es principalmente la micro y pequeña empresa, personas naturales con negocio y las personas independientes con renta de cuarta categoría.
  • La Banca no prestará ni aplicará beneficios a esta población específica salvo que su condición sea “normal” o “con problemas potenciales”.

Propuestas de medidas dirigidas a la clase media vulnerable:

Ningún peruano puede quedar fuera de las medidas de apoyo. Con mayor razón cuando hablamos de aproximadamente 1.8 millones de personas. Por ello la Asociación de Contribuyentes del Perú propone las siguientes:

  1. Creación de un bono extraordinario de S/. 1,520.00 para independientes formales o informales con renta de cuarta categoría.
    • Este bono podrá ser asignado directamente al beneficiario con su número celular o a su cuenta bancaria.
    • Si estimamos 1.8 millones de personas, se trata de un máximo de un total de S/. 2,736 millones sin intermediarios.
    • Este apoyo desincentivaría a la población de retirar fondos de AFP o CTS, o al menos vería estas medidas como innecesarias y dejarían de respaldarlas.
  2. Exoneración del impuesto a la renta para el año fiscal 2019 para personas independientes formales con renta de cuarta categoría. (MEF cuantifica y cubre el costo de esta medida)
  3. Duplicar el tope máximo de ingresos para ser exonerado del impuesto a la renta de cuarta categoría para el presente año, pasando de S/. 37 625 (S/. 3 135 mensuales) a S/. 75 250 (S/. 6270 mensuales).
  4. Suspender durante seis meses la retención obligatoria del 8% del impuesto a la renta de cuarta categoría en la emisión de recibos por honorarios.
  5. Suspender contribuciones al régimen SIS contributivo durante dieciocho (18) meses contados a partir del 01 de mayo de 2020.
  6. Emisión de un certificado para independientes de cuarta categoría de modo que estén exentos de pagar cualquier impuesto municipal o tasa administrativa para cualquier proceso que deban realizar con el estado. (MEF cuantifica y cubre el costo de esta medida)**
  7. Flexibilización de los requisitos de ingreso a los beneficios del DL 1455:
    1. Que se incluya como beneficiarios a personas naturales con renta de cuarta categoría.
    2. Que el crédito sirva para pagar un % de obligaciones financieras pendientes por ser más caras que el que propone este Decreto.
    3. Que se eleve la valla en la deuda tributaria en cobranza coactiva con la SUNAT a 3 UIT o que se planteen mecanismos de fraccionamiento que no anulen el acceso a este fondo.
    4. Que quede a criterio de la entidad financiera si otorga el crédito a empresas o personas con clasificaciones menores a “Normal” o “Con problemas potenciales”.