Debido a lo que se vive en diferentes países, el presidente Martín Vizcarra anuncia cuarentena en Perú. Esto, con la finalidad de evitar la propagación del Coronavirus en nuestro país. Como se sabe, en el último reporte del Minsa ya registra 71 infectados, 56 en Lima y el resto en diferentes zonas del país.
En otro mensaje señaló que no se cerrarán los establecimientos que brinden productos de primera necesidad, farmacias y bancos. Los mensajes lo realizó al mediodía, cuando la cifra de personas con coronavirus era de 39, horas después el Ministerio de Salud informó que los números aumentaron a 71.
Medidas
- Declarar estado de emergencia por 15 días.
- Cierre total de las fronteras en el Perú.
- Suspensión del transporte internacional de pasajeros.
- Restricción de la libertad de tránsito, solo podrán salir para la compra de alimentos.
- Restricción de la inviolabilidad de domicilio.
- Se tomarán muestras a domicilio para casos sospechosos.
Casos confirmados de Coronavirus (Covid-19) en Perú
#MensajeALaNación del presidente Martín Vizcarra. En vivo aquí: https://t.co/QLXkaSCzwE
— Presidencia Perú (@presidenciaperu) March 16, 2020
SOLO PODRÁS SALIR DE TU CASA SI:– Sales a sacar dinero a algún banco SOLO PODRÁN TRABAJAR LOS QUE:– Trabajen en el rubro de alimentos SE PERMITE– La circulación de vehículos particulares solo para realizar las actividades ya mencionadas. SE RESTRINGE– El cierre o restricción a la circulación por carreteras por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico. SE SUSPENDE– EL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL de pasajeros durante el estado de emergencia por medio terrestre, aéreos y fluvial. Entra en vigencia El 16 de marzo a las 23:59 pm (TIENEN HASTA MAÑANA PARA VOLVER A LIMA O IR A PROVINCIA) |
Sanciones por no acatar la cuarentena en Perú
El funcionario también indicó que existen sanciones penales para quienes infrinjan estas medidas. “Se viene dando una serie de medidas, sin embargo, hay un sector que está siendo renuente a la aplicación de todo este marco regulatorio excepcional. Cualquier incumplimiento a este marco legal está implicado en ilícitos de orden penal, con previsión el artículo 289 del Código Penal”, precisó.
Pero, ¿qué es lo que dice este apartado y cuáles son las sanciones para quienes no cumplan las medidas preventivas? El citado artículo del Código Penal, titulado “Propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa”, dice lo siguiente:
Artículo 289°: “El que, a sabiendas, propaga una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud de las personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años. Si resultan lesiones graves o muerte y el agente pudo prever estos resultados, la pena será no menor de diez ni mayor de veinte años”.
Sin embargo, este no es el único artículo del Código Penal que habla de sanciones en caso se viole una disposición dada por el Ejecutivo para salvaguardar la salud pública. El Artículo 292° precisa la sanción para aquella persona que no siga al pie de la letra las normas establecidas para evitar el ingreso de una enfermedad o epidemia al país.
Artículo 292°: “El que viola las medidas impuestas por la ley o por la autoridad para la introducción al país o la propagación de una enfermedad o epidemia o de una epizootía o plaga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años y con noventa a ciento ochenta días-multa”.
Deseo viajar de Huanuco a Trujillo, un viaje de ida y vuelta, quiero ir a traer un familiar que vine solo en esa, esta en esa por motivo de estudios y no tiene a ningún familiar y sufre de asma.
Buenas tardes, tengo un familiar en la ciudad de Trujillo, yo estoy en Huánuco deseo viajar con mi vehículo particular a recoger a ese familiar que es esa, esta estudios y por la cuarentena hoy todo cambio, ella no tiene a nadie en ese lugar y también sufre de asma. Tendré posibilidades de realizar el viaje de Huánuco a Trujillo ida y vuelta.
Hola, mi esposo se encuentra en pleno viaje salio a la 1 pm desde morropon, hacia lima (plaza norte) podrá llegar a su destino? Ya que esta a mas de la mitad de camino, no cuenta con dinero para poder alojarse ni alimentarse si es que lo dejan en otra ciudad
Hola, mi esposo se encuentra en pleno viaje salio a la 1 pm desde morropon, hacia lima (plaza norte) podrá llegar a su destino? Ya que esta a mas de la mitad de camino, no cuenta con dinero para poder alojarse ni alimentarse.
En las noticias dijeron que hay que inscribirse en un link de la policía nacional para poder salir de casa a realizar las compras de viveres o en farmacias, pero la pagina http://www.policia.gob.pe no carga, alguien sabe algo mas al respecto por favor.
Trabajo en una botica, para ir a mi trabajo necesito algún documento que acredite donde laboro, para no tener problemas en el camino con la autoridad. gracias por su respuesta
Los niños pueden salir a jugar dentro de los condominios?
Buenas noches trabajo en un hospital en el área administrativa.. A nosotros nos han dicho que tenemos que trabajar… Pero yo estoy gestando tengo que ir a trabajar??y si voy tengo que compensar esos días no laborados?
Buenas noches trabajo en una empresa de servicios de limpieza, la entidad del estado nos esta solicitando indicar a personal que asista a laborar a la entidad el día de maña 17/3 hacia adelante todos los días, por favor confirmar si es obligatorio aceptar pues el personal operario se esta rehusando a presentarse y exponerse a ser contagiados por el virus.
Favor como se puede proceder ante la entidad que nos esta solicitando que el personal trabaje.
Trabajo en la empresa entel, recargas virtuales, es necesario que salga de mi casa?
Buenas noches, en estos dias tengo que pagar al banco, pero no voy a poder trabajar y no puedo generar dinero, yo vendo comida en la calle tengo que pagar igual?
Buenas noches , tengo una tienda de insumos veterinarios dentro de los que vendemos alimento para todo tipo de animales, medicamentos y tambien atendemos a pacientes; hoy atendimos con rejas pero ya que mañana las medidas seran mas fuertes me gustaria saber si puedo abrir ya que es en mi misma casa no tengo problemas con la movilizacion. no quiero ser irresponsable al atender pero si considero que es de primera necesidad ya que los animales tambien necesitaran comida y medicamentos durante estos 15 dias.
Hola, trabajo en un hotel. Ya leí todo el comunicado pero aún no me queda claro, no puedo interpretar (solo para cumplir con el aislamiento dispuesto).
Respondame por favor… ¿Esto significa que SÓLO puedo ir del hotel a mi casa a cumplir cuarentena EN MI CASA, osea, no puedo trabajar en el hotel, o sí puedo trabajar en el hotel pero cumpliendo la cuarentena allá?
Gracias de antemano.
Las personas que trabajamos en una Hidroeléctrica estamos prohibidas de ir a trabajar o es normal para nosotros
Buenas noches, la empresa de Sector Transporte Maritimo y cabotaje esta obligado a laborar? En caso si, el area de sistemas y contabilidad debe ir? La empresa entrego una carta para justificar su salida a la calle, eso es valido? Las medidas que tomaron de “prevencion” es solo designar a 7 personas para asistir, pero quiero saber si es una empresa con rubro de exoneracion y si puede obligar a que vaya el area de sistemas y contabilidad, tambien si la carta tiene validez. Gracias
trabajo en una empresa de vigilancia escuché al ministro martos que las empresas se pueden inscribir en el ministerio del interior para darle a sus trabajadores una acreditación de trabajo como se puede hacer eso
Trabajo en una cooperativa que tiene socios en plena cosecha y la coop lo acopia y les compra para su exportacion esta actividad esta restringida
buenas noches yo trabajo en una empresa gráfica que imprime comprobantes de pago para cadenas de farmacias y distribuidoras de alimentos y nos dicen que tenemos que ir porque somos integrantes de la cadena de abastecimiento de las actividades contempladas en el art 4.1 inc a y b del Decreto Supremo nro. 044-2020-PCM,al ser encargada de la producción de las guías de transporte de mercaderías de algunas empresas,dígame estamos en ese rubro por que nos dicen que tenemos que ir a trabajar normalmente.
por donde vivo las personas están saliendo de sus casas y se quedan fuera en grupo conversando, incluido niños jugando en la calle por un periodo de tiempo de más de 20 minutos al presente , en este tipo de casos que medidas debería tomar ???llamo algún numero ??reporto algún lado ??? hago esta pregunta siendo consciente de las consecuencias que podría acarrear si persiste el incumplimiento de la cuarentena
Quisiera saber si me pueden cortar el servicio de agua o luz durante el estado de emergencia gracias
buenas tardes yo trabajo de seguridad en hotel, puedo ir a laborar
Buenas tardes Miguel , podría por favor confirmamos cual es el documento o que nos respalda en caso debamos apersonarnos a nuestro centro de trabajo. O en caso me dirija a una tienda de abastecimiento de alimentos , en este segundo caso solo comento a donde me estoy apersonando?
Buenas tardes, recien nos desmobilizan de un proyecto minero.
La mayoria de la gente llegara a lima y tiene q llegar a sus hogares que quedan en provincias..
Q alternarivas se manejan en este caso especial.
¿Podemos mi esposo, mi hijo adulto y yo salir de Lima a Huacho mañana martes por la mañana?
Trabajo en una empresa de fumigación, que pertenece al rubro de saneamiento ambiental, como puedo hacer para que los técnicos puedan desplazarse a realizar los servicios, donde puedo sacar los permisos? o cual es la restricción para este rubro?
Buenas tardes una consulta tengo una tienda ubicada en la ciudad de Arequipa a la semana tengo que hacer compras 3 veces para abastecer de productos como vegetales y frutas así como abarrotes en general. Tengo mi vehículo como haré para desplazarme hacia los mercados mayoristas y minoristas para hacer la compras y llevarlas a mi tienda para poder ofrecerlas y venderlas, que tengo que hacer , tengo que sacar algún permiso , podría por favor absolver mis dudas. Gracias por su ayuda
Buenas Tardes.
Tengo un familiar en el hospital carrión, yo vivo en ventanilla y mi familiar en Márquez, mañana le dan de alta, puedo ir a recogerla, dejarla en su casa y luego regresar a la mía?? Que documento debo presentar como autorización?
Gracias.
Tengo que ir a recoger a mi empleada a su casa con mi carro, ya que ella cuida a mis 3 hijos, mi pareja y yo por este decreto estamos trabajando desde casa para las empresas respectivas. Por favor, como puedo hacer para que no me infraccionen si es que me detiene la policía en el trayecto.
hola, las empresas que exportan alimentos y solo se dedican a eso, pueden trabajar normalmente ya que es rubro de alimentos aunque no sea un alimento esencial por ejemplo ají?.
Hola doctor.
Mi empresa se dedica a la supervición, inspeccion, ensayos, análisis químicos de metales y minerales, asimismo es una empresa de certificación, nosotros podemos ser obligados a ir al laborar en estos 15 días que se declaró estado de emergencia a nivel nacional.
Al no ser un servicio de primera necesidad o vinculado a ella, debería acatar el aislamiento social.
Buenas tardes, deseamos saber si el personal que cumple funciones de vigilancia en una urbanización puede continuar trabajando o debe acatar la cuarentena
Agradecemos su respuesta
La RENIEC ESTÁ ATENDIENDO? PORQ TENIA Q RECOGER MI DNI SINO COMO ME IDENTIFICO??
Reniec ha suspendido sus actividades mientras dure el Estado de Emergencia; sin embargo se ha prorrogado la vigencia de los DNI caducos.
En todo caso, puede usar otro documento oficial de identificación, por ejemplo el brevete.
Buenas tardes
Yo trabajo en una clínica, en el área de obras, nada que ver con la atención al cliente ni emergencia. En mi caso, ¿pueden obligarme a venir a trabajar, diciendo que la clínica trabaja 100% operativa?.
Buenas tardes , una persona natural con negocio ,que tiene 3 pequeñas bodegas de artículos de primera necesidad ha abierto el día de hoy 16 de Marzo , pero sus empleados han tenido algunos problemas , ya que algún policía lo paró a uno de los empleados ,y le dijo donde esta yendo ? , y el empleado le dijo que a trabajar en la bodega que vende artículos de primera necesidad , y el policía le dijo si tenia Carta de Autorización para trasladarse y el empleado le dijo que no, el policía le advirtió que si mañana no tiene eso , lo puede detener. Por favor , yo entré en la web del Ministerio de Trabajo y no hay ningún modelo.
Es correcto lo indicado por el efectivo policial. Deben redactar una carta de autorización en el centro de labores con el nombre de la empresa, dirección, número de contacto, nombre y firma del empleador.
Buenas tardes por la coyuntura actual la empresa de seguridad donde laboro me indica que si estos días no trabajamos no tenemos derecho a cobrar es verdad eso o no ? Nosotros no iremos a trabajar por un tema de salubridad no porque no queramos las empresas deberían ser más flexible con ese tema que opinión me da ?
La medida idónea sería la recuperación posterior de los días no laborados, para así no ver reducido el sueldo a fin de mes. Otra alternativa puede ser un adelanto de vacaciones.
HOTEL PUEDE SEGUIR LABORANDO LOS TRABAJADORES O SOLO PERSONAL PARA QUE CUIDE EL ESTABLECIMIENTO
El sector minero como es su situación ya q mi esposo tiene su bajada el miércoles y no va a poder transitar ya q están laborando normal
Hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
buenas tardes,trabajo de seguridad en una fabrica de muebles..turno de 7:00am a 19:00hrs y mi relevo de 19:00hrsva 07:00am.siempre tenemos que estar uno de los dos permanentemente.el personal no trabaja …solo nosotros 2…que permiso necesitamos?
La fabrica de muebles debería permitirles cumplir con la emergencia sanitaria. En todo caso, deben contar con un permiso escrito con firma y sello del empleador.
El rubro que indica no está contemplado en el D.S. Nº 044-2020-PCM, puede tener problemas al momento de desplazarse a su centro de labores.
Los que trabajan en el rubro de telecomunicaciones en campo realizando instalaciones de servicio a domicio como claro y movistar, deben trabajar ??
Entendiéndolo como medio de comunicación, sí deberían trabajar.
Buenas tardes,
Sobre el documento a llevar para movilizarnos:
1. Se tiene un formato
2. Que datos básicos debe contener
3. Donde obtener dicha informacion
1. No hay un formato oficial.
2. Debería contener el nombre del lugar de trabajo, dirección, fecha, nombre y firma del empleador.
buenos días ,la empresa en la que laboro, es del rubro de alimentos y aceites ,pero no es de primera necesidad es el rubro de agroexportacion ,Productos naturales ,estamos dentro de la norma de asistir a laborar.o no.
Si es para la agroexportación, entonces no deberían estar obligados a ir a laborar en estas condiciones. La idea es garantizar e suministro de alimentos para el consumo interno.
Buenos días,
1. ¿Es obligatorio que las trabajadoras de hogar, cuidadoras de niños o adultos mayores, laboren?
2. ¿Sobre la remuneración de las trabajadoras del hogar, cuidadoras de niños u otros, sera efectivo , o sera sin goce de haber o serán días recuperables por los 14 días decretados por el estado de emergencia?
1. Sí trabajan quienes se dediquen a la asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
2. En el sector privado se puede negociar como adelanto de vacaciones. Otra solución es la recuperación de días.
buenas tardes yo laboro en una empresa de seguridad la entidad que cubro es una empresa privada por ende ellos no trabajan estoy autrizado a trabajar ya que yo cuido dicha empresa
La excepción aplica al personal de seguridad que garantice servicios como entidades financieras, seguros y pensiones. En su caso no aplicaría, para ello la Policía Nacional y Fuerzas Armadas brindarán la seguridad ciudadana.
Buen día trabajo en un hotel aún no nos dicen si trabajaremos o no los hoteles podrán trabajar con normalidad?
Hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
buenas tardes , los que trabajan de seguridad , trabajaran normal .
La excepción aplica al personal de seguridad que garantice servicios como entidades financieras, seguros y pensiones. En su caso no aplicaría, para ello la Policía Nacional y Fuerzas Armadas brindarán la seguridad ciudadana.
Si salgo de casa en estos 15 días y la policía me detiene tendre alguna sanción económica
Puede tener una sanción penal, que incluirá también una multa.
Trabajo en un centro minero pero ahora me encuentro de dias libres y la duda es que si ellos estan obligados en pagarme por los 15 dias que no estare en mina
Cada empresa lo va a tratar con distintas soluciones. Por ejemplo, adelanto de vacaciones, días compensables, etc.
Las empresas particulares q trabajan con alimentos pueden laborar normal y si sus trabajadores tienen q solicitar permiso para laborar
Las empresas de alimentos trabajan con normalidad, deben portar una carta del centro de labores.
Buen dia como hago si no podre ir a trabajar ….debo al banco como hare para pagar
Puede ir al banco, no hay restricciones.
La idea es que sean el mínimo número de veces y con la menor interacción social posible.
Buenos días, trabajo en un centro de salud, que necesita transporte vehicular. Mi esposo puede llevarme, que necesita para poder circular y no lo sancionen.
Debe portar una justificación del centro de salud. Su esposo también debe llevar una copia de él.
El servicio de vigilancia particular en viviendas como se ve afectado en este estado de emergencia
La excepción aplica al personal de seguridad que garantice servicios como entidades financieras, seguros y pensiones. En su caso no aplicaría, para ello la Policía Nacional y Fuerzas Armadas brindarán la seguridad ciudadana.
Yo trabajo en casa cuidando dos niños cama adentro pero salgo los fines de semana para hir a mi casa. Ya no podré salir durante 15dias
Las empresas de mina en Arequipa tienen que ir a trabajar
El Premier Zeballos indicó que las mineras deberían suspender actividades. Esperemos que unifiquen criterios entre los ministerios…
Muy Buenas Tardes, quisiera saber qué consecuencias traería a mi persona si salgo a pasear a la calle, sin razón alguna, no acatando la orden de aislamuento social obligatorio, por la propagación del COVID-19, y qué significa tres años de pena privativa de la libertad, ¿que yo estaré preso en el penal de Lurigancho, durante 36 meses, 1095 días?
Las condenas de prisión solo son efectivas a partir de cuatro años. Aun así, puede ser conducido a las carceletas mientras llega el fiscal. Además, le genera antecedentes penales.
Las personas que trabajan en venta de insumos agrícolas deben acatar la orden de no ir a laborar.
Al ser una actividad conexa respecto a los alimentos, deberían trabajar.
Instituciones del estado como Senasa (Servicio nacional de sanidad agraria) disponen que si se tiene que trabajar. Pero los que tenemos que viajar al interior de la región o entre provincias vamos a tener restricciones. Y el cometido del decreto no parece llevarse a cabo.
Se entiende que Senasa cumple una función esencial respecto a los alimentos. Sin embargo, el servicio de transporte de pasajeros estará restringido.
Tengo una clínica veterinaria y pacientes internados a los que se les debe dar sus respectivos tratamientos, además de los pacientes con enfermedades que vienen a consulta y/o para cumplir sus tratamientos. En este caso no se menciona, que hacer?
Situación muy complicada, ya que al no estar contemplada en la ley va a tener problemas en su desplazamiento…
Por las bodegas se entiende deben seguir atendiendo ya que sus productos son de primera necesidad, es correcto?
Sí, es correcto.
Hola. No me quedó claro por el personal de seguridad del edificio. Somos mas de 170 familias..
La excepción aplica al personal de seguridad que garantice servicios como entidades financieras, seguros y pensiones. En su caso no aplicaría, para ello la Policía Nacional y Fuerzas Armadas brindarán la seguridad ciudadana.
Buenas noches, yo tengo una empresa que elabora insumos plasticos de empaque e higiene para empresas del rubro alimenticio como Nova Peru, Mar Andino, San Fernando como puedo hacer para justificar la circulación y asistencia del personal mínimo para poder abastecer a mis clientes.
¿QUE PASARA SI ESTA MEDIDA ES INFRUCTUOSA, DESPUÉS DELOS 15 DÍAS?.
a) LOS VIENTOS DE ATMÓSFERA, TRASLADAN AL VIRUS QUE EXHALAN LOS AFECTADOS CON VELOCIDAD Y CONTAMINAN A LOS PAÍSES VECINOS CON ESTE VIRUS Y OTROS, LAS CORRIENTES DE AGUAS DIVERSAS, DE IGUAL MANERA TRASLADAN DICHOS VIRUS A LOS PAÍSES VECINOS, LAS AVES QUE CONSUMEN DESPERDICIOS DE PERSONAS CONTAMINADAS CON EL VIRUS DE IGUAL FORMA SON VEHÍCULOS DE TRANSPORTES DEL DICHO MAL, EN FIN EXISTEN AGENTES QUE ESCAPAN A ESTE CONTROL SIMPLE Y MEDIOCRE ,…..ESTO ES MAS QUE UN PROTAGONISMO POLITIQUERO QUE SOLO PUEDEN ACEPTAR LOS INGENUOS,……………..LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES SON INALIENABLES, NO SE PUEDEN ESTROPEAR CON UN DECRETO MAL APLICADO,…….SE ESTA INCURRIENDO EN UN DELITO CONSTITUCIONAL ……………….ACTUALMENTE YA HAY VACUNAS Y MEDICINA CONTRA EL COVIS-19, ITALIA HA SIDO BENEFICIADA POR CHINA CON MAS DE DOSCIENTAS TONELADAS DE EL MEDICAMENTO CONTRA ESTE VIRUS Y ADEMAS CON ESPECIALISTAS DEL CASO,………………PUES DE IGUAL MANERA, ESTE GOBIERNO PUEDE PEDIR A CHINA, CUBA, ESTE MEDICAMENTO Y ESPECIALISTAS,…PAGANDO CON NUESTRO DINERO PERUANO,……….TODA VEZ QUE EN PERU MAS SE NOTA EL ABUSO , LA CORRUPCIÓN, LAS EXONERACIONES DE TRIBUTOS EN CIENTOS DE MILES DE MILLONES DE DOLARES,……POR LO QUE SI SE PUEDE COMPRAR MEDICAMENTOS PARA PREVENIR Y CURAR A TODO PERUANO,..PERO SIN ROBAR NI COMETER ABUSOS,…….ESTAMOS A TIEMPO DE APLICAR ESTAS SOLUCIONES,……….LOS PERUANOS NO PODEMOS SER ESCLAVIZADOS AL ESTROPEAR Y DESPRECIAR INSENSATAMAENTE NUESTROS DERECHOS CONSTITUCIONALES,……..NUESTRA GENTE POBRE NECESITA TRABAJAR PARA LLEVAR EL PAN DEL DIA A SUS HOGARES,……………..EN CHILE SE PUSIERON DE PIE CONTRA LOS ABUSOS DE PIÑERA,…….EN PERU PODEMOS TAMBIÉN DEFENDER NUESTROS DERECHOS CONSTITUCIONALES FRENTE A CAPRICHOS QUE AFECTAN EL COTIDIANO VIVIR DE LOS MAS NECESITADOS.
Artículo 200°.- Son garantías constitucionales:
1. La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por
parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza
la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.
2. La Acción de Amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de
cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los
demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los
señalados en el inciso siguiente. No procede contra normas legales ni
contra Resoluciones Judiciales emanadas de procedimiento regular. *
—————————————————————————————————–
* Inciso modificado por Ley Nº 26470, publicada el 12 de Junio de 1995.
Antes de la reforma, este inciso tuvo el siguiente texto:
“2. La Acción de Amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de
cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los
demás derechos reconocidos por la Constitución. No procede contra
normas legales ni contra resoluciones judiciales emanadas de
procedimiento regular.”
—————————————————————————————————–
3. La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por
parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza
los derechos a que se refiere el Artículo 2º, incisos 5) y 6) de la
Constitución. *
—————————————————————————————————–
* Inciso modificado por Ley Nº 26470, publicada el 12 de Junio de 1995.
Antes de la reforma, este inciso tuvo el siguiente texto:
“3. La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por
parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o
amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2°, incisos 5,6 y 7 de la
Constitución.”
—————————————————————————————————–
4. La Acción de Inconstitucionalidad, que procede contra las normas que
tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia,
tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general
y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o
en el fondo.
5. La Acción Popular, que procede, por infracción de la Constitución y de la
ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y
decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.
6. La Acción de Cumplimiento, que procede contra cualquier autoridad o
funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin
perjuicio de las responsabilidades de ley.
Una ley orgánica regula el ejercicio de estas garantías y los efectos de la
declaración de inconstitucionalidad o ilegalidad de las normas.
Buen dia, en mi caso trabajo en una empresa de alimentos, deben darme alguna credencial para poder transitar ?
Sí, debe portar su justificación y DNI en todo momento.
SI TRABAJO EN UNA EMPRESA MINERA Y HASTA EL MOMENTO NO HAN ACATADO LA CUARENTENA NI HAN BRINDADO INFORMACION ALGUNA QUE DEBO HACER? YA QUE NO HAN DISPUESTO NINGUNA MEDIDA ANTE LA CUARENTENA
El Premier Zeballos ha indicado que deben suspender actividades.
Dos de mis hijas (somos costarricenses) están de viaje en Perú. Ellas trabajan en Costa Rica, deben regresar a su trabajo. Qué va a suceder con los turistas que deben salir del país?.
Esta medianoche se van a cerrar las fronteras. Nadie va a poder viajar dentro o fuera del país hasta que culmine el Estado de Emergencia.
Tengo que regresar a USA el viernes 20. Puedo hacerlo?
Esta medianoche se van a cerrar las fronteras.
Buenos días cuando hablan de rubro de alimentos se habla de todos o solo los de primera necesidad? Porque yo trabajo en una chocolatera y eso no es primera necesidad.
Tiene mucha razón; pero entrar en detalle sobre los tipos de productos es un tema que debe resolverse caso por caso. Según la norma, debería continuar sus actividades; pero siempre es bueno hacer la consulta directa ante el Ministerio de Trabajo.
Trabajo en el area de limpieza de un edicio y estan que nos hacen quedar normal y aca no hay llegado nadie nos dicen que espermos ala adminiatradora y no se reporta aun con una llamada ni nada …
Los servicios de limpieza continúan con sus funciones, cumpliendo las medidas de seguridad sanitaria.
Buenos dias, somos una empresa de vigilancia privada mi pregunta es la parte administrativa de esta empresa debe trabajar normal??? porque segun mi empleador es que como empresa de vigilancia todos debemos trabajar y creo que se equivoca la parte operativa si pero administrativa no.. entonces quieren que agarren esos 15 dias como vacaciones es factible esto???
Las empresas de vigilancia no contempladas en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM. En ese sentido, deberían acatar el Estado de Emergencia.
BUENOS DIAS QUE PASARÁ CON LOS PAGOS DE LOS OBREROS QUE TRABAJAN EN LA MUNICIPALIDAD EN OBRAS, SE PAGARAN O NO ESTOS 15 DIAS YA PARALIZARON.
En el sector público serán días compensables.
QUE PASARA CON LA EMPRESA QUE ME OBLIGA A TRABAJAR EN ESTADO DE EMERGENCIA?
Las excepciones están contempladas en el DECRETO SUPREMO Nº 044-2020-PCM. Si su empresa no está en estos rubros puede denunciarla ante la Sunafil y la Policía.
Artículo 4.- Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
4.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios y bienes esenciales:
a) Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
b) Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
c) Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias y urgencias.
d) Prestación laboral, profesional o empresarial para garantizar los servicios enumerados en el artículo 2.
e) Retorno al lugar de residencia habitual.
f) Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
g) Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
h) Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
i) Hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
j) Medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center).
k) Los/as trabajadores/as del sector público que excepcionalmente presten servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 podrán desplazarse a sus centros de trabajo en forma restringida.
l) Por excepción, en los casos de sectores productivos e industriales, el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el sector competente, podrá incluir actividades adicionales estrictamente indispensables a las señaladas en los numerales precedentes, que no afecten el estado de emergencia nacional.
m) Cualquier otra actividad de naturaleza análoga a las enumeradas en los literales precedentes o que deban realizarse por caso fortuito o fuerza mayor.
4.2 Igualmente, se permite la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior.
4.3 Las limitaciones a la libertad de tránsito no aplican al personal extranjero debidamente acreditado en el Perú de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales, que se desplacen en el cumplimiento de sus funciones, respetando los protocolos sanitarios.
4.4 A fin de garantizar el orden interno, se faculta al Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de Defensa, para dictar las medidas que permitan la implementación del presente artículo.
4.4 El Ministerio del Interior dispone el cierre o restricción a la circulación por carreteras por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico.
4.5 En todo caso, para cualquier desplazamiento efectuado conforme al presente artículo deben respetarse las recomendaciones y disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior y otras entidades públicas competentes.
Tiendas de artesanía en Miraflores tendrán que pagar los 15 días de cuarentena?
Si un Trabajador tiene Cancer y trabaja para el MINSA que debe de hacer.?
Aunque no está específicamente indicado, en caso de estar llevando tratamiento ninguna persona debería trabajar durante la emergencia sanitaria.
Call Center es una empresa que no solo abarca atención al cliente también hay campañas de ventas también están obligados a trabajar los del área de ventas ?
El D.S. N° 044-2020-PCM no hace distinción a las actividades del call center…
Buenos días, somo una empresa que abastecemos de material medico a los hospitales, como debe circular el personal, ya que debemos realizar el transporte de dicho material desde nuestra oficina hasta los diversos hospitales a nivel nacional.
Cada persona que se va a movilizar (que debe ser el mínimo requerido) debe portar una justificación por escrito con firma y sello de la empresa. De preferencia, se deben indicar los puntos de despacho.
Vivimos en Surco, mi hija es Medico en una Clínica en San Isidro y trabaja por turnos de 12 o 24 horas, entra o sale en horarios dificultosos para el transporte y por un tema de seguridad.
No cuenta con transporte propio.
Como puedo acreditar el trasportarla, y sobre todo luego de dejarla en la Clínica, como acredito el regreso a mi domicilio, en caso que yo quisiera apoyarla con mi vehículo.
Tienen un modelo de documento de dispensa?
Sería ideal tener esta justificación por escrito, con firma y sello de la clínica. Para retornar a su domicilio no debería tener problema al presentar la justificación…
Buen día, Esta permitido que las empresas consideren estos 15 días de cuarentena como adelanto de vacaciones?
Sí, aunque para que se considere un adelanto de vacaciones debe haber mutuo acuerdo.
Buenos días , si laboro en una imprenta, realizamos packaging y etiquetas para productos de primera necesidad como aceites, etc. Podemos ir a laborar o también se suspenden todas las actividades para mis trabajadores
Sí correspondería continuar con las labores. Es muy importante que durante estos días tomen todas las precauciones indicadas por el Ministerio de Salud para evitar el contagio.
buenos dias , trabajo en el sector privado específicamente en ica, en el sector agro exportador y me movilizo en mi vehículo particular a mi centro de trabajo como haría en ese caso, ya que no han paralizado las labores y quien me pagaría si no trabajo para comprar mis alimentos básico
La idea principal es que durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios y bienes esenciales. La empresa debería acatar las disposiciones.
Para ello, puede hacer la denuncia ante la SUNAFIL en https://www.sunafil.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&layout=edit&id=761
También puede reportar el caso ante la Policía Nacional del Perú.
Buenos días y como sea con las persona que día día trabajamos para poder vivir y comprar nuestros alimentos;si no trabajo no puedo comprar alimentos el estado me va a mantener acaso esos 15 días?
Se acaba de aprobar un bono de S/380 para familias en condición vulnerable.
En condicion vulnerable… pero que hay de los demas? Yo tengo un convenio con bancos para cancelar deudas antes del 30. Y no cuento con trabajo estable por el momento, trabajo cuidando niños por horas. Me dicen mis empleadores q pueden sacar una credencial para mi. Es verdad? y como se hace? Gracias.
Cual es la gestión que se debería realizar para cobrar este bono como se realiza la inscripción
Buenos dias!. trabajo en el rubro de telecomunicacines, pero en el area administrativo estoy en la facultad de ir a trabajar?.
El D.S. Nº 044-2020-PCM no hace distinción sobre la función del trabajador. En ese sentido, debería cumplir con trabajar.
Buenos días, tengo un grupo de vigilancia, con que permiso pueden transitar para ir a trabajar su turno
El personal de seguridad debe cumplir con el aislamiento social, a menos que brinde servicios a entidades financieras, seguros y pensiones.
La seguridad será brindada por la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas.
Y para los que trabajan en Minería que tienen que subir ha trabajar aplica sanción? Porque no se han manifestado. Ejemplo: Antamina no se manifiesta y están diciendo que los trabajadores deben subir
Trabajo en call center no como atención al cliente si no en ventas y nos han obligado asistir y en la puerta del trabajo hay una persona que toma la temperatura, esos es todo, son tan ignorantes que el virus lo puedes llevar sin tener síntomas y aquí trabajan más del 1000 personas ej los dos edificios, no se donde se puede reportar este caso.
Totalmente de acuerdo, debieron ser más específicos con los casos donde los call center están facultados a trabajar.
Me podría decir si puedo salir de mi casa para recoger a mi prometida e ir al banco para firmar un contrato de hipoteca? Si es así que debería llevar? Una carta del banco?
Buenas tardes Juan, los servicios bancarios están activos. Ante alguna dificultad, puede decir que se dirige al banco para retirar dinero.
Recuerde tener el menor contacto social posible.
Hay multa o sanciones si una empresa que no esta señalada por el decreto decide hacer el funcionamiento de su actividad comercial.? Y si fuese la respuesta afirmativa ¿Cual seria la multa o sanción.?
Gracias.
Sí hay sanciones. Puede hacer la denuncia ante la SUNAFIL en https://www.sunafil.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&layout=edit&id=761
También puede reportar el caso ante la Policía Nacional del Perú.
Una consulta trabajo en una clínica y también están atendiendo en forma ambulatoria todas las especialidades tengo entendido que debe ser solo atenciones por emergencia o urgencia… O también se debe atender cualquier clase de consulta… Porque no hay libre tránsito ni carros para llegar… Ojo yo soy caja
Buenos días, tengo una duda, ¿puedo viajar a provincia hoy?
No, está suspendido el transporte de pasajeros; pero sí estará habilitado el transporte de mercaderías.
Sí puede. La norma indica que los viajes interprovinciales se realizarán gasta el día lunes 16 a las 11.59pm con la finalidad que la.gente puede retornar a sus hogares.
Buenas noches sr Miguel si esta habilitado el transportes de mercancuas nosotos que brindamos el servicio , de transporte de carga , alamcen y agencia de aduana debemos asisitir a laborar ??
Venta de productos médicos esta incluido
Sí está incluido:
DECRETO SUPREMO Nº 044-2020-PCM.
Artículo 4.- Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
4.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios y bienes esenciales:
(…)
b) Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
(…)
Buenas noches, yo trabajo en una empresa donde comercializa materia primas para rubro farma, alimentos, cosmética ( productos para aseo ) , podemos trabajar? De ser así, como se tramita el salvoconducto para circular.
no se ponen a pensar que en un call center puede ver contagio ya que nosotros trabajamos todos juntos y hablamos con los clientes . se ponen a pensar por los de mas pero por nosotros para cuidar nuestra vida no .
Totalmente de acuerdo.
Estoy regresando a mi hogar vivo en puño y estoy viajando de Lima a Arequipa llegare a Arequipa el martes a la 1 de la mañana al llegar a Arequipa como voy a puño si no abra transporte
las producción en minería debe parar ? aquí están laborando con normalidad
El Gobierno no ha unificado criterios; sin embargo, el Premier ha indicado que el sector minero debe suspender las actividades.
Esperemos el transcurso del día…
Una consulta, yo trabajo en empresa de comercialización de materias primas para el sector farmacéutico, alimentos y cosmético ( productos de primera necesidad y limpieza) podemos ir a trabajar? Si es así, como se tramita el pase para circular? Gracias
HEY SEÑOR MIGUEL COMO PUEDE DECIR QUE UN CALL CENTER QUE SE DEDICA A VENTAS PUEDE IR A TRABAJAR?, QUE FALTA DE INFORMACION POR PARTE DE ESTA PAGINA
Buenas tardes Eric, disculpa la demora.
DECRETO SUPREMO Nº 044-2020-PCM.
Artículo 4.- Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
4.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios y bienes esenciales:
(…)
j) Medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center).
(…)
Mi consulta es la siguiente yo trabajo en call center (Atención al cliente) pero para clientes Chilenos no para clientes de Perú y eso es prioridad o si, mi duda es aún así trabaje en call tengo que ir a laborar?
Calle Center retail está incluido ?porque la empresa a la q pertenezco no tiene nada q ver con el área de alimentos ni emergencia, y nos está diciendo que si debemos trabajar pero si sus tiendas van estar cerradas..en verdad no entiendo
Buenos días, call center sí está facultado para trabajar.
buenas tardes , los que trabajan de seguridad , trabajaran normal .
Hola Leslie, los que trabajan en seguridad deben permanecer en aislamiento social, según el DECRETO SUPREMO Nº 044-2020-PCM. A menos que brinde servicios a entidades financieras, seguros y pensiones.
Artículo 4.- Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
4.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios y bienes esenciales:
a) Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
b) Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
c) Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias y urgencias.
d) Prestación laboral, profesional o empresarial para garantizar los servicios enumerados en el artículo 2.
e) Retorno al lugar de residencia habitual.
f) Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
g) Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
h) Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
i) Hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
j) Medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center).
k) Los/as trabajadores/as del sector público que excepcionalmente presten servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 podrán desplazarse a sus centros de trabajo en forma restringida.
l) Por excepción, en los casos de sectores productivos e industriales, el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el sector competente, podrá incluir actividades adicionales estrictamente indispensables a las señaladas en los numerales precedentes, que no afecten el estado de emergencia nacional.
m) Cualquier otra actividad de naturaleza análoga a las enumeradas en los literales precedentes o que deban realizarse por caso fortuito o fuerza mayor.
4.2 Igualmente, se permite la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior.
4.3 Las limitaciones a la libertad de tránsito no aplican al personal extranjero debidamente acreditado en el Perú de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales, que se desplacen en el cumplimiento de sus funciones, respetando los protocolos sanitarios.
4.4 A fin de garantizar el orden interno, se faculta al Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de Defensa, para dictar las medidas que permitan la implementación del presente artículo.
4.4 El Ministerio del Interior dispone el cierre o restricción a la circulación por carreteras por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico.
4.5 En todo caso, para cualquier desplazamiento efectuado conforme al presente artículo deben respetarse las recomendaciones y disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior y otras entidades públicas competentes.
Trabajo en Nestlé Perú en el área de galletas no están exigiendo trabajar que no ay problemas ahora como.acatar si el.gobiernk dice una cosa y ellos otras me toca ir de noche ahora no.se si ir.coml saber ahora el.tema de carros.si habran
Tengo 74 años de edad y, una señora viene a mi vivienda dos veces por semana principalmente para la preparación de alimentos, además del aseo y lavado de ropa. ¿Cómo hay que acreditar esta situación laboral para su autorización a transitar esos dos días de la semana?
Buenos días, recomiendo redactar una carta firmada y con sus datos de contacto (Dirección, celular, etc.), para que deba portarla como justificación cuando ella transite hacia su domicilio.
Buenas noches, mi pregunta es :una optica puede realizar sus actividades normales.?
Buenas tardes En la empresa donde trabajo nos están obligando ir a trabajar, sino lo hacemos será a cuenta de vacaciones
Hola , tengo una consulta respecto a los préstamos de la financiera compartamos , somos doce mujeres que tenemos prestamos , tenemos que pagar este viernes 20 de marzo pero todas tenemos negocios que están cerradas desde hoy , nosotras vivimos nuestro día a día , ahora si pagamos esta cuota nos quedamos sin nada para comprar nuestros víveres la segunda semana de cuarentena , la ley que ha salido este domingo en el mensaje a la nación, el banco va a correr la fecha de pagos ? Porfavor espero tu pronta respuesta gracias