Este mes vencerá plazo para pago

Foto: Andina

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Hasta el 30 del presente mes tienen plazo los concesionarios mineros para pagar sus obligaciones legales de derecho de vigencia y penalidad.

De no pagarse el derecho de vigencia y penalidad correspondientes a dos años consecutivos, la concesión será declarada caduca por la autoridad, perdiendo el concesionario minero todo derecho sobre la misma, precisa un informe jurídico del Estudio Muñíz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya Abogados.

De acuerdo con el artículo 39 de la Ley General de Minería, a partir del año en que se hubiere formulado el petitorio, el concesionario minero estará obligado al pago del derecho de vigencia.

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El derecho correspondiente al año en que se formule el petitorio de la concesión minera deberá abonarse y acreditarse con motivo de la formulación del petitorio.

En tanto, el derecho correspondiente al segundo año, computado desde el 1 de enero del siguiente ejercicio a aquel en que se hubiere formulado el petitorio de la concesión, deberá abonarse hasta el 30 de junio del segundo año.

Penalidad

La concesión minera obliga a los operadores a realizar inversiones para la producción de minerales.

Si no se cumple con esta obligación, la normatividad minera especifica que el concesionario deberá pagar una penalidad.

El Peruano