ELECTROPERU

La empresa estatal de derecho privado ELECTROPERU, dedicada a la generación, transmisión y comercialización de energía eléctrica; informó en un comunicado al que ProActivo tuvo acceso que no apelará  el laudo emitido el 5 de octubre de 2021 que declaró infundada su pretensión de que Kallpa Generación devolviera los S/ 25.8 millones pagados provisionalmente del 3 de agosto hasta el 24 de agosto de 2016.

Asimismo, ELECTROPERU solicitaba que el Tribunal Arbitral declare que el suministro a Kallpa Generación S.A.  se inició el 25 de agosto de 2016, con la puesta en operación comercial de la CH Cerro del Águila, y no el 3 de agosto de 2016 como señaló Kallpa Generación.

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En ese sentido, el 12 de noviembre de 2021, el Tribunal Arbitral resolvió los pedidos de las partes contra el citado laudo, declarándose infundados los pedidos de ELECTROPERU y fundado el pedido de Kallpa Generación, e indicando que ELECTROPERU debía devolver a Kallpa Generación: S/ 212 718,00 y S/ 84 371,89, por honorarios arbitrales y costos del centro de arbitraje, respectivamente, y US$ 76 039,20 y US$ 41 247,00, por honorarios profesionales de sus abogados y expertos, respectivamente.

El día pasado 13 de diciembre venció el plazo para presentar judicialmente el recurso de anulación del laudo; sin embargo, luego de las coordinaciones efectuadas entre la Subgerencia Legal, la Gerencia General y la Gerencia Comercial, se ha decidido que no se presentará el recurso de anulación de laudo, con lo cual culminaría la controversia que ELECTROPERU inició contra Kallpa Generación en los extremos mencionados.