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PoActivo | Amplían por tres meses plazos a pequeños productores mineros. Con el fin de que cumplan con sus obligaciones, en el contexto de la emergencia sanitaria en el territorio nacional, ocasionada por el COVID-19, fue publicado ayer en el diario El Peruano, el Decreto Legislativo N° 1483, que posterga hasta el 30 de setiembre del 2020, la fecha para que los titulares mineros acrediten la producción mínima correspondiente al año 2019, así como el pago del derecho de vigencia y penalidad.

Para ambos casos, el Decreto Supremo N° 014-92- EM, fija como fecha plazo el 30 de junio de cada año, situación que se ha visto alterada por las medidas de emergencia sanitaria que han generado impacto en las operaciones de la actividad minera.

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La norma es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; y la Ministra de Energía y Minas, Susana Vilca.