infraestructura de obras públicas

El Poder Ejecutivo dispuso la creación de la “Comisión Consultiva para el Desarrollo de la Infraestructura Nacional”, que será de naturaleza permanente y dependerá del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La Resolución Suprema N° 009-2023-EF, publicada en el diario oficial El Peruano, señala que dicha comisión consultiva tiene por objeto emitir propuestas y brindar recomendaciones para mejorar el desarrollo e implementación de infraestructura, en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada.

La referida comisión consultiva estará conformada por los siguientes especialistas: Javier Abugattás Fatule, Elizabeth Añaños Vega, Mario Arróspide Medina, Carlos Fernández Dávila Anaya, Fabiola Muñoz Dodero, Álvaro Quijandría Fernández, Rafael Ugaz Vallenas y Alberto Valenzuela Soto.

La participación de los integrantes de la comisión consultiva es ad honorem y de confianza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada.

Los miembros de la comisión consultiva elegirán a su presidente por mayoría absoluta, por un periodo de 2 años, que podrá ser prorrogado por un periodo similar.

La comisión consultiva cuenta con una secretaría técnica encargada de brindarle apoyo técnico, administrativo y logístico permanente para el cumplimiento de sus funciones.

Funciones

La comisión consultiva emite propuestas y brinda recomendaciones en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada y tiene a su cargo las siguientes funciones:

– Emitir opinión no vinculante sobre la actualización del Plan Nacional de Infraestructura.

– Proponer mejoras respecto a los criterios de priorización de proyectos de inversión.

– Emitir opinión no vinculante sobre los documentos relacionados con el desarrollo e implementación de infraestructura, cuando la secretaría técnica lo solicite.

– Proponer el reglamento interno de la comisión consultiva, así como sus modificatorias.

Para el cumplimiento del encargo, la comisión consultiva puede solicitar la colaboración y apoyo de representantes de entidades públicas, organizaciones de la sociedad civil, personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación, organizaciones no gubernamentales, multilaterales, entre otros.

En los considerandos de la norma se señala que las comisiones consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia.

Fuente: Andina