Tribunal Constitucional

El Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, presentó el pasado lunes 7 de febrero una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31399, que establece que toda reforma constitucional deba ser aprobada primero por el Congreso antes de ser sometida a un referéndum.

En la demanda presentada ante el Tribunal Constitucional (TC) se señala que la norma aprobada por el Legislativo “es contraria a la Constitución” y los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Estado peruano.

En consecuencia, se solicita que se declare la inconstitucionalidad total de la Ley N° 31399 porque infringiría el artículo 2, inciso 17 de la Carta Magna, que reconoce el derecho fundamental de la ciudadanía a la participación política mediante el referéndum.

Además, la demanda apunta que la ley contraviene con el artículo 31 que reconoce el derecho de toda persona a participar en los asuntos públicos mediante el referéndum y que señala que es “nulo” y “punible” todo acto que prohíba o limite el ejercicio de este derecho.

Luego de presentada la demanda, corresponde que el Tribunal Constitucional, presidido por Augusto Ferrero Costa, se pronuncie sobre su admisibilidad y remita al Parlamento para que proceda a contestarla.

Cabe resaltar que, en enero de este año, el presidente Pedro Castillo calificó a la norma como “antidemocrática” e “inconstitucional” al considerar que vulnera “la participación política de los peruanos”.

Este atentado contra la población que ha exigido por años el cambio de una Constitución concebida en la dictadura, olvida que el poder del Estado emana del pueblo y se debe a su representatividad”, manifestó a través de su cuenta en Twitter.