- El ministro Guillermo Shinno afirmó que el nuevo régimen comenzaría el 1 de enero de 2027 y concluiría el 31 de diciembre de 2028. La propuesta contempla la creación de FORMAPE.
El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, afirmó que el proyecto de la nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE) será el nuevo marco jurídico que busca corregir la fragmentación normativa y los mecanismos temporales, estableciendo reglas claras, permanentes y articuladas para la formalización, la sostenibilidad y el desarrollo productivo de este sector.
Tras reunirse con exministros del sector, líderes empresariales, economistas y académicos, Shinno explicó que el proyecto contempla un régimen ordinario de carácter permanente para nuevos operadores y productores formalizados. Para el inicio o reinicio de actividades, este esquema exigirá autorización sectorial y certificación ambiental, de acuerdo con las características de las actividades de pequeña minería y minería artesanal a nivel nacional.
Reafirmó que el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) concluirá indefectiblemente el 31 de diciembre del presente año. Precisó que, a partir del 1 de enero de 2027, se establecerá un régimen de consolidación que concluiría el 31 de diciembre de 2028 y estaría dirigido exclusivamente a las personas inscritas en el Reinfo, quienes quedarían habilitadas temporalmente conforme a los requisitos establecidos.
El ámbito del proyecto de ley comprende a los titulares de derechos mineros, titulares de actividades de beneficio, acopiadores, transportistas, procesadores, comercializadores y otros intervinientes en el flujo del mineral.
Creación de FORMAPE
Shinno Huamaní adelantó que el proyecto considera la creación del Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Minería Artesanal y Pequeña Minería (FORMAPE), entidad adscrita al Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que tendrá la responsabilidad de promover mejores estándares en las operaciones, buenas prácticas laborales y de seguridad e innovación tecnológica; administrar los sistemas de información y trazabilidad; evaluar instrumentos de gestión ambiental; otorgar acreditaciones de pequeño productor minero (PPM) y productor minero artesanal (PMA); y emitir las autorizaciones de inicio o reinicio de actividades mineras.
En gestión ambiental, se propone que las actividades mineras se sujeten a los principios de protección ambiental establecidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y cuenten con certificación ambiental para su inicio, conforme a la legislación aplicable.
Mediante decreto supremo se fijarán requisitos proporcionales, ágiles y adecuados al riesgo y a las condiciones territoriales de la pequeña minería y minería artesanal (MAPE).
Asimismo, se señala que los sistemas administrados por el FORMAPE considerarán la trazabilidad total a lo largo de la cadena productiva, identificando el origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización de los minerales. Además, centralizará todos los procedimientos administrativos mediante el uso de la Casilla Electrónica Única.
Otro aspecto importante del proyecto es que se autoriza expresamente al Banco de la Nación a prestar servicios bancarios a pequeños mineros y mineros artesanales para consolidar su inclusión económica.
Contratos de explotación
La iniciativa establece que los pequeños mineros o mineros artesanales, en virtud de un contrato de explotación o de cesión, serán los únicos responsables por los incumplimientos de la normativa ambiental y de seguridad y salud ocupacional que se deriven de sus actividades.
Además, se precisa que, cuando desarrollen sus actividades sin un contrato de explotación o de cesión vigente, el titular de la concesión responderá solidariamente con quienes ejecutan dichas actividades por los impactos causados al ambiente.

Email: [email protected]
























Deja una respuesta