Osinergmin prorrogó por 180 días calendario las medidas transitorias que obligan a los establecimientos de venta al público de combustibles líquidos y GLP a reportar sus inventarios de manera digital. La decisión fue establecida mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 183-2026-OS/CD, publicada el 12 de octubre en El Peruano. La prórroga rige desde el 14 de octubre, un día después de que venciera el plazo original.
La decisión responde a un contexto en el que el país tiene declarados estados de emergencia en varias regiones por el Fenómeno El Niño 2026-2027, lo que convierte la disponibilidad de información actualizada sobre el abastecimiento de combustibles en una prioridad. Los pronósticos climáticos advierten que El Niño Costero podría alcanzar una magnitud extraordinaria entre septiembre de 2026 y enero de 2027, con probabilidades que superan el 62%. Tumbes, Piura y Lambayeque son las zonas de mayor vulnerabilidad frente a este evento. En ese escenario, conocer cuánto combustible hay disponible en cada planta y estación de servicio deja de ser un trámite y se convierte en una herramienta de gestión de riesgos.
Las dos obligaciones que se mantienen son claras. La primera es el reporte diario de los niveles de inventario a través del módulo digital de Osinergmin. La segunda es que ese registro esté vinculado a la capacidad de generar órdenes de pedido en el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP). En términos prácticos, si un grifo no reporta su inventario, no puede comprar combustible hasta que regularice la situación.
El SCOP no es nuevo. Es un sistema en línea que Osinergmin desarrolló para combatir la informalidad en la venta de combustibles mediante la validación automática y en tiempo real de las transacciones entre agentes autorizados. La vinculación con el reporte de inventarios añade una capa de control: ya no basta con estar inscrito en el Registro de Hidrocarburos, también hay que demostrar que se tiene el producto y que se reporta con transparencia.
La obligación de reportar inventarios de forma digital comenzó el 15 de mayo de 2026, tras un periodo de orientación y capacitación de 30 días. Desde entonces, los agentes han tenido que adaptarse a una plataforma virtual que exige el cumplimiento de los plazos establecidos. La prórroga de 180 días les da un respiro, pero no elimina la exigencia. Lo que hace es mantener la regla vigente mientras el país atraviesa un contexto climático que podría tensionar la cadena de suministro en cualquier momento.
La medida cobra relevancia si se observa el mapa de la demanda. La zona centro del país concentró el 63% de la demanda nacional de GLP en 2025 y alberga el 90% de la capacidad total de almacenamiento, según datos de Osinergmin. Cualquier interrupción en el reporte de inventarios en esa zona podría generar un efecto dominó en el abastecimiento. La prórroga, entonces, no es solo un trámite regulatorio: es una pieza dentro de un sistema más amplio para que el combustible llegue donde tiene que llegar, incluso cuando el clima juega en contra.

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