APCI

El Congreso peruano está a punto de promulgar una ley que podría cambiar significativamente el panorama para las organizaciones no gubernamentales (ONG) en el país. El dictamen aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso otorga a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) mayores poderes de fiscalización sobre las ONG, particularmente en lo que respecta a los fondos provenientes del extranjero.

Fortalecimiento de la supervisión

¿Qué cambia con el nuevo dictamen?

El dictamen introduce modificaciones que amplían las capacidades de la APCI para fiscalizar las ONG y sus recursos. Según la propuesta, las instituciones públicas y las entidades receptoras de cooperación técnica internacional deben declarar semestralmente sus planes, programas, proyectos, actividades o donaciones financiadas por la cooperación técnica internacional. Además, deben publicar los datos de sus representantes legales, así como los nombres de los planes, programas y proyectos que gestionan, junto con el monto de los recursos recibidos y sus fuentes de financiamiento.

Participación de la Unidad de Inteligencia Financiera

Otro cambio significativo es la obligación de entregar información sobre la ejecución de los gastos realizados con recursos de la cooperación técnica internacional a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Esto busca garantizar un control más riguroso de los fondos y prevenir actividades ilícitas.

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Restricciones contractuales

Las ONG que gestionen cooperación técnica internacional no podrán celebrar contratos con el Estado a menos que estén inscritas en la APCI. La inscripción se convierte en un requisito obligatorio, lo que asegura que solo las organizaciones registradas puedan operar legalmente en el país.

Sanciones por incumplimiento

En caso de incumplimiento de las normas, las sanciones incluyen desde una amonestación por escrito hasta multas de hasta 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), suspensión temporal de los beneficios y cancelación de la inscripción. Estas sanciones varían según la gravedad de la falta, subrayando la seriedad con la que se tomarán estas nuevas regulaciones.

Comparaciones internacionales

Estados Unidos y el Reino Unido como ejemplos

El dictamen ha generado rechazo en algunos sectores, con comparaciones a medidas de control implementadas por regímenes autoritarios. Sin embargo, la propuesta se asemeja más a las regulaciones en países democráticos como Estados Unidos y el Reino Unido.

En Estados Unidos, la Ley de Registro de Agentes Extranjeros (FARA) de 1938 exige a

las instituciones que reciben financiamiento extranjero que sean transparentes sobre sus vínculos con los donantes y las actividades que realizan en el país. Esto permite al gobierno y a los ciudadanos estadounidenses evaluar las actividades de estas entidades a la luz de su función como agentes extranjeros.

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En el Reino Unido, el Plan de Registro de Influencia Extranjera requiere transparencia de las organizaciones vinculadas con gobiernos extranjeros que buscan influir en la política del país. Esta normativa incluye a gobiernos, partidos políticos extranjeros y gobiernos locales, con un plazo de inscripción menor a un mes. No cumplir con este requisito se considera un delito penal.

Impacto y percepciones

Transparencia y activismo político

Daniela Ibáñez, analista del Centro Wiñaq, señala que esta ley puede ser positiva, ya que muchas ONG tienen una gran influencia en el activismo político. Asegura que hay actores dentro de la sociedad civil y la política que buscan mayor transparencia y fiscalización en el gasto de estas organizaciones. Por ejemplo, algunas ONG financian a políticos de izquierda durante épocas no electorales, sin que se conozca el origen de esos fondos.

Opiniones críticas

Aunque Ibáñez considera que la transparencia es algo positivo, sugiere que el dictamen podría mejorarse. Propone que no sea tan severo con la prohibición de contratación con el Estado. Sin embargo, destaca la importancia de contar con información clara y accesible sobre las actividades y financiamiento de las ONG para evitar la falta de transparencia, que siempre es perjudicial.

Contexto legislativo

Países como Estados Unidos, Australia, Reino Unido y Francia cuentan con leyes similares que buscan mayor transparencia en los gastos de las ONG. Estas naciones, reconocidas por sus sistemas democráticos, han implementado regulaciones estrictas para asegurar que las organizaciones que operan en su territorio lo hagan de manera transparente y responsable.

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Repercusiones prácticas

Registro obligatorio

Hasta mayo de 2024, 570 Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo están registradas en la APCI. Sin embargo, la APCI solo cuenta con nueve funcionarios, lo que plantea desafíos significativos en términos de capacidad de supervisión. La implementación del dictamen requerirá un aumento en los recursos y personal para manejar la carga adicional de trabajo.

Fiscalización efectiva

El dictamen aprobado con 12 votos a favor y uno en contra en la Comisión de Relaciones Exteriores aún no figura en la agenda prioritaria para los plenos de esta semana. Sin embargo, su eventual aprobación implicará un cambio significativo en cómo las ONG operan y son fiscalizadas en Perú.

Nueva entidad adscrita a Sunat

Una nueva entidad adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se encargará de identificar delitos como la evasión de impuestos e incrementos patrimoniales no justificados. Esta entidad jugará un papel crucial en asegurar que las ONG cumplan con las nuevas regulaciones fiscales y de transparencia.