(Foto: La República)

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La Sexta Sala Especializada en temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima reconoció la razón jurídica del Estado peruano, representado por la Sunat y el Tribunal Fiscal, en el juicio que sostienen con la Sociedad Minera Cerro Verde.
Con este fallo la minera deberá pagar al Estado, poco más de S/ 286 millones aunque el monto total de las regalías sumarían S/ 800 millones con otros procesos similares que se desarrollan en el Poder Judicial.
Este juicio se generó porque la Sunat acreditó que la empresa omitió el pago de regalías mineras, entre octubre y diciembre del 2006 y enero y diciembre del 2007, por la producción de la Planta de Flotación de Sulfuros Primarios, argumentando que estaban exonerados gracias al contrato de estabilidad tributaria.
En la sentencia se establece textualmente que “el Proyecto de Sulfuros Primarios no está cubierto con las garantías que otorga el Contrato de Estabilidad suscrito entre el Estado Peruano y la recurrente en 1998, toda vez que el citado proyecto fue implementado con posterioridad a la celebración del contrato de estabilidad”.
En ese sentido, la Sunat demostró en su momento que las operaciones a las que se refería la minera no estaban consideradas específicamente en el contrato de estabilidad por ser posteriores a su suscripción.
Adicionalmente argumentó que los contratos de estabilidad solo tienen alcance tributario, cambiario y administrativo, pero no cubren aspectos relacionados con aportes económicos como es el caso de la regalía minera.
Sometida la diferencia al Tribunal Fiscal, este se pronunció ratificando la validez de los argumentos jurídicos de la Sunat, en todos sus extremos, mediante resolución N° 08252 del 2013.
La República