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Regiones recibieron S/ 1,646 millones por canon de hidrocarburos entre enero y agosto de 2026

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Hidrocarburos en Perú

  • Recursos fueron transferidos a Cusco, Loreto, Ucayali, Piura, Tumbes y la provincia de Puerto Inca en Huánuco.

La producción de hidrocarburos (gas y petróleo) en el país, durante el periodo de enero-agosto del 2026, generó S/ 1,646 millones de canon y sobrecanon, que fueron transferidos a Cusco, Piura, Tumbes, Ucayali, Loreto y Puerto Inca en Huánuco, para el desarrollo de obras de infraestructura en beneficio de su población, informó PERUPETRO S.A.

De este monto: S/ 1,181 millones correspondieron a Cusco, S/ 142.81 millones para Loreto, S/ 223.07 millones a Piura, S/ 57.24 millones a Tumbes, S/ 37.95 millones para Ucayali y S/ 3.19 millones para la provincia de Puerto Inca en Huánuco.

Solo en el mes de agosto, los ingresos por producción de hidrocarburos alcanzaron los S/ 275.85 millones. De este monto, S/ 210.86 millones correspondieron a Cusco, S/ 17.44 millones para Loreto, S/ 33.58 millones a Piura, S/ 9.88 millones a Tumbes, S/ 4.64 millones para Ucayali y S/ 0.42 millones para la provincia de Puerto Inca en Huánuco.

El canon es el aporte que reciben los gobiernos regionales, locales (municipalidades provinciales y distritales), universidades nacionales e institutos superiores pedagógicos y tecnológicos estatales, del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos hidrocarburíferos en dichas zonas.

El canon de hidrocarburos es pagado por PERUPETRO en base a la producción fiscalizada. Desde el año 1993 a la fecha, el canon y sobrecanon transferido a nivel nacional por la producción de hidrocarburos ha generado S/ 47,840 millones.

USO DEL CANON

De acuerdo a ley, los recursos del canon deben ser utilizados para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos y obras de infraestructura de impacto regional o local. Además, en inversión productiva para el desarrollo sostenible de las comunidades donde se explota el recurso natural.

En el caso de las universidades e institutos, el canon debe ser de uso exclusivo para la inversión en investigación científica y tecnológica que potencie el desarrollo regional.

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