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SNMPE: La justicia es para todos y no un privilegio de instituciones estatales

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Carlos Galvez Pinillos, presidente de la SNMPE.
Carlos Galvez Pinillos, presidente de la SNMPE.

En mayo último, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) denunció ante la opinión pública la inconstitucionalidad de la Ley 30321, dado que su Primera Disposición Complementaria faculta al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) a ejecutar, de forma retroactiva, las multas suspendidas conforme a la normatividad vigente en su momento, salvo que se acreditara la obtención de una medida cautelar.

Amparado en esa norma inconstitucional, el OEFA de forma inmediata requirió a las empresas, cuyas multas se encontraban suspendidas, para que presentaran a la brevedad la medida cautelar que dispusiera la suspensión de la ejecución coactiva, pues de lo contrario se procedería a la cobranza inmediata de la respectiva multa.

Lamentablemente, hasta hoy dicha ley no ha sido corregida pese a ser inconstitucional y lo más insólito es que ahora OEFA cuestiona mediante diversos comunicados de prensa las medidas cautelares obtenidas por las empresas ante el Poder Judicial, en observancia de la Ley 30321.

La fortaleza de una democracia radica en asegurar la división, independencia y respeto entre los Poderes del Estado consagrados en la Constitución, por lo que es condenable cualquier injerencia de las autoridades administrativas en las decisiones del Poder Judicial peruano.

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