La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha intensificado sus esfuerzos para asegurar que las empresas en Perú cumplan con las normativas de seguridad y salud en el trabajo, enviando comunicaciones preventivas a compañías con más de 20 trabajadores. Estas cartas tienen como objetivo recordar la obligación de implementar y mantener un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), un documento crucial que, al contar con más de veinte trabajadores, debe ser aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) de cada empresa.
Jaime Zegarra, consultor del área laboral en Dentons, explica: “La entrega de estas cartas por parte de Sunafil no es solo una medida preventiva, sino un claro indicio de que la entidad está priorizando la fiscalización en este aspecto. Las empresas que no cumplan con la implementación y difusión del RISST podrían enfrentarse a sanciones significativas”.
Según la normativa vigente, las empresas que reciban estas cartas tienen un plazo de 30 días hábiles para remitir a Sunafil el RISST junto con el acta de aprobación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. La falta de este reglamento constituye una infracción muy grave, lo que puede derivar en multas que varían según la cantidad de trabajadores de cada empresa, alcanzando montos considerables.
“Es fundamental que las empresas no solo cuenten con un RISST, sino que también se aseguren de que todos los trabajadores estén al tanto de su contenido y de cualquier modificación. La difusión interna de este documento es tan importante como su existencia, pues la seguridad y salud en el trabajo deben ser una prioridad en todas las organizaciones,” señala Zegarra.
Además de las cartas, Sunafil ha proporcionado un modelo referencial de RISST, conforme a lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 050-2013-TR, para facilitar la implementación de este reglamento. Las empresas que se encuentren legalmente obligadas a contar con un RISST, y aún no han cumplido con su implementación, están siendo fuertemente instadas a hacerlo a la brevedad, con la advertencia de que la fiscalización podría seguir inmediatamente después del plazo otorgado.
Con la creciente adopción del teletrabajo, las normativas en materia de seguridad y salud en el trabajo también se extienden al ámbito laboral remoto. Jaime Zegarra, consultor del área laboral de Dentons, explica que “los empleadores están obligados a garantizar que sus teletrabajadores conozcan y apliquen las medidas de seguridad en sus hogares, incluyendo pausas activas y condiciones ergonómicas adecuadas”.
Este enfoque no solo busca preservar la salud de los trabajadores, sino también mitigar posibles riesgos legales para las empresas en el contexto del teletrabajo.
Multas y sanciones: el costo del incumplimiento
El incumplimiento de las normativas de seguridad y salud en el trabajo pueden resultar en multas significativas. Zegarra detalla que “las sanciones varían en función número de trabajadores afectados con dicho incumplimiento, y a la gravedad de la infracción, con multas que pueden superar los S/ 270,000 para algunas empresas“.
La especialista recalca que las infracciones no solo se limitan a la falta de un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, sino también a la ausencia de un CSST, o a la falta de capacitación adecuada para sus miembros.
Ante el incremento de la fiscalización por parte de Sunafil, es crucial que las empresas adopten una gestión proactiva en materia de seguridad y salud en el trabajo.
“Implementar un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y garantizar su correcta aplicación es más que una obligación legal; es una medida preventiva que protege tanto a los trabajadores como a la empresa de posibles sanciones”, resaltó Jaime Zegarra. “En un entorno donde la regulación se intensifica, se vuelve indispensable para asegurar el cumplimiento normativo y evitar riesgos innecesarios”, concluyó el especialista.
Fuente: Gestión