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  • Minem: 140,000 trabajadores mineros formales ya retornaron a sus labores en la Fase 1 y Fase 2 de la reactivación económica

    Minem: 140,000 trabajadores mineros formales ya retornaron a sus labores en la Fase 1 y Fase 2 de la reactivación económica

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    (Foto: Andina)

    La ministra de Energía y Mina, Susana Vilca, indicó que 140,000 trabajadores formales de la gran minería ya retornaron a sus labores en la Fase 1 y Fase 2 de la reactivación económica del Perú.

    “La minería es el pilar fundamental de la economía nacional, en ese sentido tanto en la Fase 1 como en la Fase 2, desde mayo hasta la fecha, vamos en camino con esta reanudación y reactivación de las operaciones y proyectos de construcción minera”, dijo en TV Perú.

    Refirió que en la Fase 1 se reincorporaron 110,000 trabajadores formales de la gran minería.

    “En la segunda etapa ya tenemos un avance de más de 30,000 que han reanudado sus trabajos”, afirmó

    En lo que respecta al número de empresas, 41 reiniciaron operaciones en la Fase 1 y 16 en la Fase 2.

    La titular del Ministerio de Energía y Minas (Minem) enfatizó que se han tomado las precauciones del caso respecto a los protocolos de seguridad para evitar el contagio del coronavirus en el reinicio de las operaciones mineras.

    Asimismo, señaló que en el marco de la reactivación gradual de la gran minería a la fecha solo laboran 140,000 trabajadores, cuando en tiempos normales deberían estar en los 210,000.

    Indicó que su sector supervisa que las empresas mineras cumplan con los protocolos del Ministerio de Salud (Minsa) y de su sector, así como las pruebas rápidas y moleculares para el personal que labora en las minas.

    En ese sentido, saludó a los trabajadores y empresarios mineros por su esfuerzo de laborar en zonas alejadas del país contribuyendo a la recuperación de la economía nacional.

    También refirió que desde el inicio de la cuarentena en el país en marzo del presente año, algunas mineras funcionaron con un mínimo de personal para mantener sus operaciones críticas, cuyo registro está en el Ministerio de Energía y Minas.

    Minería artesanal

    De otro lado, comentó que el reinicio de las actividades de la minería artesanal está contemplada en la Fase 2, pero solamente para aquellos que estén formalizados.

    “Ya viene una tercera fase para los mineros en proceso de formalización que tengan el Instrumento de Gestión Ambiental”, subrayó.

    En ese sentido, indicó que su portafolio apoya en las capacitaciones a los mineros en proceso de formalización a través de las Direcciones Regionales de Minería.

    “Estamos explicando los protocolos a los gremios mineros, así como lo hemos hecho con los gremios de la gran y mediana minería”, dijo.

    Agilización de trámites

    Por otra parte, anunció que el Reglamento de Exploraciones Mineras ya se encuentra en su etapa final para su publicación, luego que se difundió el proyecto del reglamento para recoger propuestas.

    “Asimismo después de 1992 ya tenemos diseñado el Reglamento de Procedimientos Mineros, todos estos reglamentos van a destrabar la tramitología en el sector minero que ha sido un poco cuestionada, hoy queremos que los plazos se cumplan y agilizar las evaluaciones de los expedientes para que fluya la reactivación”, puntualizó.

    Fuente: Andina

  • Fase 2: Gobierno autoriza la reanudación de 21 líneas de negocio de manufactura

    Fase 2: Gobierno autoriza la reanudación de 21 líneas de negocio de manufactura

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    El Gobierno autorizó la reanudación a nivel nacional de 21 líneas de negocio de manufactura, tres de servicios, uno de comercio y uno de fabricación de productos de artesanía, actividades que no estuvieron incluidas en las Fases 1 y 2 de la reanudación de actividades y que venían realizándose en los mercados de abasto.

    Esto según lo establecido en el Decreto Supremo N° 110-2020-PCM que dispone la ampliación de actividades económicas de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del covid-19.

    En ese sentido, la norma aprueba el inicio de actividad de los centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento, a partir del 22 de junio, a nivel nacional para atención directa al público, con excepción de los departamentos de Ica, La Libertad, Arequipa, Huánuco, San Martín y las provincias de Santa, Casma y Huaraz (Áncash).

    La reapertura de estos establecimientos comerciales se efectuará cuando hayan registrado su plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo en el Sistema Integrado para covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud (Minsa).

    Para ello, deben considerar los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19, aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-Minsa y sus posteriores adecuaciones, y la normativa vigente.

    El aforo máximo permitido es de 50%; además, los establecimientos de patios de comidas ubicados en los centros comerciales y/o similares, solo podrán brindar el servicio de entrega a domicilio con logística propia, de terceros y recojo en tienda.

    Los cines y zonas recreativas no se encuentran comprendidos en la reapertura de actividades, así como no está permitido el ingreso de menores de edad.

    Del mismo modo, deberá tenerse en consideración el uso obligatorio de mascarilla para todas aquellas personas que ingresen a los locales (proveedores, vendedores, compradores, entre otros), brindar facilidades a través de estaciones de lavado de manos para el ingreso a los locales y mantener el distanciamiento social de no menos un metro.

    Fuente: Andina

  • Ampliación de actividades en la Fase 2: Gobierno autoriza el comercio de minerales metálicos, malls, manufactura y servicios (Exclusivo)

    Ampliación de actividades en la Fase 2: Gobierno autoriza el comercio de minerales metálicos, malls, manufactura y servicios (Exclusivo)

    exportaciones-de-cobre

    Mediante el Decreto Supremo Nº 110-2020-PCM, publicado hoy en la edición extraordinaria del Diario Oficial “El Peruano”, el Gobierno ha dispuesto la ampliación de actividades económicas de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

    Luego de la evaluación efectuada en el marco de la reapertura de las actividades económicas, de manera gradual e incremental, se han identificado actividades económicas que pueden reanudarse como una ampliación de las actividades de la Fase 2 y que contribuirían con un aporte al PBI Nacional en 8.79%, de manera que se pueda garantizar la dinámica de la producción y su ciclo productivo; siendo que la cantidad de empresas que reanudarían serían de casi 37 000, las que generarían aproximadamente más de 162 mil puestos de trabajo.

    En ese sentido, el Gobierno ha considerado necesario aprobar la ampliación de las actividades económicas de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, teniendo en cuenta los criterios fundamentales para la implementación gradual y progresiva, establecidos en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM.

    Ampliación de actividades en la Fase 2

    Las actividades materia de la presente ampliación son:

    Comercio:

    • 4662 (Venta al por mayor de metales y minerales metalíferos)

    Manufactura:

    • 1511 ( Curtido y adobo de cueros; adobo y teñido de pieles),
    • 1512 (Fabricación de maletas, bolsos de mano y artículos similares, y de artículos de talabartería y guarnicionería),
    • 1820 (Reproducción de grabaciones),
    • 2211 (Fabricación de cubiertas y cámaras de caucho; recauchutado y renovación de cubiertas de caucho),
    • 2219 (Fabricación de otros productos de caucho),
    • 2396 (Corte, talla y acabado de la piedra),
    • 2420 (Fabricación de productos primarios de metales preciosos y otros metales no ferrosos),
    • 2620 (Fabricación de ordenadores y equipo periférico),
    • 2630 (Fabricación de equipo de comunicaciones),
    • 2640 ( Fabricación de aparatos electrónicos de consumo),
    • 2651 ( Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control),
    • 2652 (Fabricación de relojes),
    • 2660 (Fabricación de equipo de irradiación y equipo electrónico de uso médico y terapéutico), 2670 (Fabricación de instrumentos ópticos y equipo fotográfico),
    • 2680 (Fabricación de soportes magnéticos y ópticos),
    • 2750 (Fabricación de aparatos de uso doméstico),
    • 3011 (Construcción de buques y estructuras flotantes),
    • 3211 (Fabricación de joyas y artículos conexos),
    • 3212 (Fabricación de bisutería y artículos conexos),
    • 3220 ( Fabricación de instrumentos de música),
    • 3230 (Fabricación de artículos de deporte),
    • 3240 (Fabricación de juegos y juguetes),
    • 3290 (Otras industrias manufactureras n.c.p.) y fabricación de productos de artesanía (Clasificador Nacional de Artesanía)

    Servicios:

    • 6810 (Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados),
    • 6820 (Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata),
    • 9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza)

    Inicio de actividades de Centros Comerciales

    Adicionalmente, autorizó la reapertura de Centros Comerciales, Conglomerados y Tiendas por departamento a partir del 22 de junio de 2020, a nivel nacional, para atención directa al público, con excepción de los departamentos de Ica, La Libertad, Arequipa, Huánuco, San Martín y las provincias de Santa, Casma y Huaraz del departamento de Ancash.

    La Reanudación de las actividades económicas a través de Centros Comerciales, Conglomerados y Tiendas por departamento, se efectúa una vez que hayan registrado su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud, teniendo en consideración los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones, y la normativa vigente. Dicho registro estará habilitado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo.

    Para ello se tiene en consideración lo siguiente:

    • El aforo máximo permitido es de cincuenta por ciento (50%).
    • Los establecimientos de Patios de Comidas ubicados en Centros Comerciales y/o similares sólo podrán brindar el servicio de entrega a domicilio con logística propia o de terceros y recojo en tienda.
    • No se encuentra permitido el ingreso de menores de edad a Centros Comerciales.
    • No se encuentran comprendidos en la reanudación señalada en el numeral 2.1 precedente los Cines y las Zonas Recreativas.

    Inmovilización social obligatoria en mismo horario en todo el país

    Dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 21.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente, a nivel nacional, sin excepción. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.

  • Fase 2: Personas naturales de la pequeña minería o minería artesanal deben acreditar ser formales

    Fase 2: Personas naturales de la pequeña minería o minería artesanal deben acreditar ser formales

    minería artesanal

    El Ministerio de Energía y Minas comunica al público en general que el Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, ha dado inicio a la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas en el marco de la declaratoria de Emergencia Nacional, dentro de la cual se ha considerado a las actividades formales de la pequeña minería y minería artesanal, previamente acreditadas por la autoridad regional competente.

    Para el reinicio de las referidas actividades, únicamente las personas jurídicas deben registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud. Por su parte la autoridad regional competente acreditará la condición de formal del administrado durante el proceso del indicado registro.

    Asimismo, las personas naturales no necesitan registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud; sin embargo, deberán acreditar que su actividad de pequeña minería o minería artesanal es formal. Para tal efecto, se debe solicitar vía correo electrónico la acreditación respectiva a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional competente o quien haga sus veces, quien responderá por la misma vía.

    Los correos electrónicos autorizados son los siguientes:

    drem-correos

    El Ministerio de Energía y Minas, en atención al importante rol social y económico de la pequeña minería y minería artesanal, invoca a las personas naturales y jurídicas que reanudarán sus actividades, a cumplir con las disposiciones sanitarias para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19.

     

    ComunicadoDGFM11dejunio
  • Minem destrabará proyectos de exploración en Fase 2

    Minem destrabará proyectos de exploración en Fase 2

    exploración minera

    La ministra de Energía y Minas, Susana Vilca, anunció que se van a destrabar los trámites para realizar las exploraciones mineras y dinamizar la fase 2 de la reactivación económica del país.

    Subrayó la necesidad de acelerar esos procedimientos, para reemplazar a los yacimientos que ya están llegando al límite de su producción en todo el país.

    “Yo creo que en el transcurso de este mes vamos a saber cuántas exploradoras, de las 25 que tenemos proyectadas, van a empezar. Nosotros somos positivos y como Ministerio de Energía y Minas estamos viendo como darle celeridad a la tramitología”, indicó a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

    Aseveró que en la fase 2 de la reactivación económica ya han sido abiertas las exploraciones.

    “Hoy tenemos, por ejemplo, el decreto supremo para ver los procedimientos mineros ordinarios. A ello acompañamos las consultas previas que se están trabajando en mesas, porque son los puntos donde hay demoras y nosotros queremos concatenar la parte social y la parte técnica”, indicó.

    Motor de la economía nacional

    Vilca destacó que la minería es el principal motor de la economía nacional. “Creo de esto nadie puede dudar y espero que todos los ciudadanos podamos entenderlo así”, dijo

    “Este es el momento también para entender la necesidad de que entren en producción todas nuestras operaciones mineras y también se desarrollen los proyectos como los de exploración y construcción que generan mayores fuentes de trabajo”, afirmó.

    “La gran minería ha estado en la fase 1, en mayo, sin embargo, hemos tenido un proceso para que se adecuen. Por ejemplo, cuando realizaron su plan de vigilancia y control de sus trabajadores, todo este proceso tuvo su tiempo y ello ha dificultado que puedan reanudar sus operaciones rápidamente”, anotó.

    Señaló que la gran minería tiene aproximadamente un 50% de esta masa de trabajadores que en toda la minería es de 210,000 trabajadores con empleo directo.

    “Si hablamos del total de trabajadores, si ya en julio proyectamos que esto va a llegar a producir en la capacidad como estaba antes del covid-19, va a ser importante porque genera más empleos en la cadena logística y estaríamos sumando cerca de un millón de puestos de trabajo”, precisó.

    “En esta tarea de reactivar la economía estamos viendo cómo van las operaciones y proyectos, cuales son las dificultades que están encontrando para hacerles el acompañamiento y coordinar con otros sectores también. Entonces si encontramos algunas trabas por ahí, inmediatamente estamos en el trabajo multisectorial, porque la tarea hoy y de todos es apuntar a una sola dirección para tener una verdadera reactivación”, explicó.

    Proyectos

    Sobre los proyectos Conga y Tía María, comentó que “es un tema de consenso y es un tema de ver como un tema de país, es un tema del futuro de las familias, de ver un tema económico que atañe a toda la ciudadanía”.

    “Entonces en ello tenemos que llegar a consensos y en los consensos no hay imposiciones, pero sí hay diálogo, sí hay análisis y sí hay lugar a un resultado que todos tengan beneficios y todos estén tranquilos”, manifestó.

    “Yo saludo al Gobierno Regional de Arequipa que ayer solicitó una reunión y hemos estado viendo algunos proyectos que ellos han planteado. La preocupación de ellos es que, si no va a haber ingresos el próximo año por tributo y canon minero, qué vamos a hacer y queremos lograr que haya fuentes de trabajo”, dijo.

    Fuente: Andina

  • Minem: Minería generará más de 60,000 empleos

    Minem: Minería generará más de 60,000 empleos

    actividades-mineria

    La reanudación de las labores en el sector de la minería, como parte de la Fase 2 de la reactivación económica, posibilitará generar más de 60,000 empleos a escala nacional, informó el Ministerio de Energía y Minas (Minem).

    El Ejecutivo empezó esta nueva etapa e incorporó los procesos de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de yacimientos de las empresas de la mediana, pequeña y la minería artesanal formalizada.

    El Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, incluyó también las actividades de exploración correspondiente a la gran y mediana minería.

    Aporte

    El Minem señaló que con la reanudación de las citadas actividades se espera generar aproximadamente 60,000 empleos directos en todo el país.

    El portafolio informó que la reactivación de las operaciones mineras incluidas en las fases 1 y 2 representan un aporte del 9% al producto bruto interno (PBI) nacional.

    La norma establece que para la reanudación de las actividades de la mediana minería, las unidades deberán contar con campamentos o habilitar componentes auxiliares y/o alojamientos externos para el uso exclusivo de sus trabajadores.

    Para retomar las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal formalizada se requiere la acreditación de la autoridad regional, que también está a cargo de las acciones de supervisión y fiscalización.

    La reanudación de las actividades de las empresas mineras se efectuará de manera automática con el registro en el Sicovid-19 del Plan para la vigilancia, prevención y control del covid-19 en el trabajo, que considerará los lineamientos del Ministerio de Salud (Minsa) y el protocolo sanitario emitido por el Minem.

    Balance

    De acuerdo con cifras del Minsa, ayer, en el día 83 del estado de emergencia, 191,758 personas dieron positivo a la prueba del coronavirus, mientras que los fallecidos por la pandemia suman 5,301.

    Si se comparan con las cifras del día anterior, hubo 4,358 nuevos casos positivos y 139 decesos.

    El Ministerio de Salud precisó que se procesaron en el país muestras por covid-19 para un millón 173,003 personas, de las cuales 981,245 resultaron negativas.

    Además, existen 9,500 pacientes hospitalizados con covid-19, de los cuales 1,062 se encuentran en la unidad de cuidados intensivos (UCI) con ventilación mecánica.

    Saneamiento

    En la Fase 2 de la reanudación de actividades, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó que empiecen las obras de saneamiento y drenaje pluvial a cargo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Para tal fin, publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 113-2020-Vivivienda. De este modo, aprobó que empiecen las actividades de construcción en zonas urbanas definidas de alto riesgo. Entre las obras figura la rehabilitación del sistema de agua potable y alcantarillado del casco urbano del distrito de La Unión, provincia de Piura.

    Acuerdo

    Cuando los medios para el desarrollo del trabajo remoto los proporcione el trabajador, este y el empleador podrán acordar la compensación de gastos adicionales derivados del uso de tales mecanismos.

    Así lo precisó el Ministerio de Trabajo en un informe sobre las medidas laborales para afrontar el estado de emergencia.

    Fuente: El Peruano

  • Se reanudan actividades mineras en la Fase 2

    Se reanudan actividades mineras en la Fase 2

    actividades-mineria

    El Poder Ejecutivo dio inicio a la Fase 2 del proceso de reactivación de actividades económicas, incorporando en esta etapa los procesos de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas de las empresas de la mediana, pequeña y la minería artesanal formalizada.

    El Decreto Supremo N° 101-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano también incluyó las actividades de exploración correspondiente a la gran y mediana minería.

    El Ministerio de Energía y Minas (Minem) señaló que con el reinicio de dichas actividades se espera generar aproximadamente 60,000 empleos directos a nivel nacional.

    El sector informó que la reactivación de las operaciones mineras comprendidas en las Fases 1 y 2 representan un aporte del 9% del PBI nacional.

    La norma establece que para el reinicio de las actividades de la mediana minería, las unidades deberán contar con campamentos mineros o habilitar componentes auxiliares y/o alojamientos externos para el uso exclusivo de sus trabajadores.

    Para la reanudación de las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal formalizada se requiere contar con la acreditación de la autoridad regional, la cual también está a cargo de las acciones de supervisión y fiscalización.

    La reanudación de las actividades de las empresas mineras se efectuará de manera automática con el registro en el SICOVID-19 del Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, teniendo en consideración los lineamientos del Ministerio de Salud y el Protocolo Sanitario emitido por el Minem.

  • Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas: Cómo reactivar tu empresa

    Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas: Cómo reactivar tu empresa

    fase 2 - reanudacion actividades economicas

    El Gobierno publicó ayer el D.S. 101-2020-PCM por el cual se da inicio a la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas. Esto, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional. En dicha Fase 2 se espera la recuperación de 500,000 empleos, según previó en la víspera el Presidente de la República, Martín Vizcarra.

    Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas

    Según el DS 101-2020-PCM, las empresas podrán reanudar sus actividades de manera automática una vez que hayan registrado su “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para Covid-19 (Sicovid-19) del Ministerio de Salud.

    Ello, teniendo en consideración los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”, aprobados por Resolución Ministerial 239-2020-Minsa y sus posteriores adecuaciones. Así como el protocolo sectorial correspondiente cuando el sector lo haya emitido.

    “Lo establecido en el párrafo precedente resulta aplicable a la reanudación de entidades, empresas y personas jurídicas que realicen actividades destinadas a la provisión o suministro de la cadena logística de las actividades comprendidas en las fases de la reanudación de actividades”, indica.

    Señala que, excepcionalmente, para las actividades incluidas en las fases de la reanudación de actividades, los sectores competentes pueden aprobar mediante resolución ministerial y publicar en su portal institucional los protocolos sanitarios sectoriales.

    Posterior supervisión

    El “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” registrado por las personas jurídicas será utilizado como base para la posterior supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes.

    En forma adicional, dicho plan debe estar disponible para los trabajadores al momento de la reanudación de las labores y a disposición de los clientes.

    El “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” y el registro en el Sicovid-19 del Ministerio de Salud no resultan exigibles a las personas naturales.

    Zonas de alto riesgo

    Para las zonas urbanas definidas de alto riesgo por la Autoridad Sanitaria Nacional, el inicio de las actividades o unidades productivas aprobadas en cada fase de la reanudación de actividades será determinado mediante resolución ministerial del sector correspondiente.

    Minería

    Para la pequeña minería y minería artesanal formalizadas, las acciones de supervisión y fiscalización se encuentran a cargo de las autoridades regionales.

    Fuente: Andina

  • MTC: Empresas que instalan antenas ya pueden reiniciar sus actividades

    MTC: Empresas que instalan antenas ya pueden reiniciar sus actividades

    Antenas

    Las empresas proveedoras de infraestructura pasiva, como la instalación de antenas de telecomunicaciones, podrán reiniciar sus actividades según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que da inicio a la Fase 2 de la reactivación económica.

    Cabe señalar que un proveedor de infraestructura pasiva es aquella persona jurídica que, sin ser un concesionario de servicios públicos de telecomunicaciones, cuenta con infraestructura de soporte aérea, terrestre o subterránea, compuesta principalmente por torres o antenas, mástiles, postes, ductos, canales, entre otros que utiliza para proveer soporte a redes de servicios de telecomunicaciones.

    A la fecha, son más de sesenta empresas inscritas en el registro de proveedores de infraestructura pasiva para servicios móviles. “Las medidas dispuestas por el Minsa, serán de obligatorio cumplimiento, y de aplicación a su personal, subcontratas y proveedores y en sus actividades implementación, operación y mantenimiento”, señaló la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, Nadia Villegas.

    Según el Decreto Supremo que da inicio a la segunda fase de reactivación económica, la reanudación de las actividades se efectúa de manera automática una vez que las empresas hayan registrado su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud (MINSA), siguiendo los Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19, aprobados por Resolución Ministerial Nª 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones.

    El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ratifica su compromiso por la reactivación económica del sector, en estricto cumplimiento de las disposiciones sanitarias para minimizar riesgos ante el Covid-19.

  • El sector minero y el inicio de la Fase 2, por Víctor Góbitz

    El sector minero y el inicio de la Fase 2, por Víctor Góbitz

    Víctor Gobitz

    Por: Ing. Víctor Gobitz, presidente del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú.  

    Esta semana el gobierno peruano, a través de un decreto supremo, aprobó el inicio de la Fase 2 del programa de reactivación económica de nuestro país, que incluye actividades de seis sectores productivos, entre estos la industria minera que, como se recuerda, reinició sus operaciones en mayo con la gran minería.

    En esta nueva fase se sumarán la mediana minería, la pequeña minería y la minería artesanal, actividades intensivas en mano de obra que fueron seriamente afectadas a nivel de empleos. Con esta etapa, nuestra industria espera llegar a operar al 83% de su capacidad y añadir unos 450 mil puestos de trabajo.

    Es claro que en cada una de estas actividades se debe levantar el estándar sanitario para minimizar los riesgos de contagio. En el caso de la minería a pequeña escala, el IIMP junto al Minem y las direcciones regionales de minería, vienen trabajando en la elaboración de un solo protocolo de seguridad.

    Metalmecánica

    Por otro lado, vale decir que una de las principales actividades que está a la espera de una eficiente reactivación de sectores como el minero, es la industria metalmecánica, que actualmente cuenta con más de 560 empresas con autorización para el reinicio de operaciones, según Produce.

    Este sector estuvo totalmente paralizado por poco más de sesenta días. Esto le trajo serios problemas a sus empresas, que ya venían impactadas desde el 2019. Ello, debido a la falta de proyectos de infraestructura, como señaló recientemente un representante de esta industria.

    Cadenas productivas

    Como se ve, la reactivación del sector minero no solo será vital para impulsar otras cadenas productivas, sino también para recuperar nuestra producción minera, que tuvo una dramática caída en abril, como adelantó el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Un resultado que se esperaba.

    Según esta institución este retroceso responde a la menor producción a nivel general a raíz de esta pandemia: hierro (-100%), estaño (-100%), zinc (-86.3%), plomo (-84.1%), plata (-73.6%), molibdeno (-10.7%), oro (-53.5%) y cobre (-34.7%). En el caso del oro y el cobre representan alrededor del 80% de nuestro PBI minero.

    En ese sentido, desde nuestro gremio esperamos seguir contando con el acompañamiento del gobierno para agilizar los permisos y trámites pendientes, que le otorguen a nuestra industria el dinamismo que teníamos antes del inicio de la pandemia. Nuestra industria es clave para la recuperación de puestos de trabajos.

    Debe quedar claro que el sector minero no solo está representado por los más de 200 mil trabajadores de las empresas mineras. Es  todo un ecosistema, donde hay proveedores de bienes y servicios, que está listo para poner el esfuerzo económico que el país requiere. Hagámoslo posible.

    Fuente: IIMP
  • Fase 2 de la Reactivación Económica: 7 sectores que reanudan actividades este mes

    Fase 2 de la Reactivación Económica: 7 sectores que reanudan actividades este mes

    trabajadores-mineros

    Mañana arranca la segunda fase de la reactivación económica en el Perú y existe mucha expectativa por retomar algunas actividades para generar los recursos necesarios con la finalidad de solventar gastos y aportar al dinamismo de la economía del país.

    Según el Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, la relación de las nuevas actividades que se incorporarán a la segunda fase de la reactivación económica es la siguiente:

    Agricultura

    – Títulos habilitantes y actos administrativos
    – Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental
    – Titulación de la propiedad agraria y catastro rural
    – Implementación de planes de negocio

    Minería

    Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:
    – Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamentos mineros y/o acondicionar componentes auxiliares y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores
    – Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente

    Manufactura

    – Elaboración de alimentos preparados para animales
    – Elaboración de bebidas malteadas y de malta
    – Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco
    – Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas
    – Elaboración de vinos
    – Elaboración de productos de tabaco
    – Fabricación de calzado
    – Actividades de impresión
    – Actividades de servicios relacionadas con la impresión
    – Reparación de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores
    – Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos
    – Reparación y mantenimiento de otros equipos n.c.p.

    Construcción

    – Proyectos de inversión pública, proyectos de inversión privada, Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos, IOARR y el PIRCC

    Comercio

    – Venta de vehículos automotores
    – Mantenimiento y reparación de vehículos automotores
    – Ventas de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores
    – Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios
    – Venta, mantenimiento, y reparación de vehículos no motorizados, venta de los repuestos y suministros
    – Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados
    – Venta al por mayor de otros enseres domésticos
    – Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos

    Servicios

    – Actividades jurídicas
    – Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos
    – Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico
    – Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades
    – Actividades veterinarias
    – Hospedaje (apart hotel)
    – Actividades de seguridad privada
    – Actividades de servicio de sistemas de seguridad
    – Actividades de investigación
    – Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores
    – Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles
    – Actividades de telecomunicaciones alámbricas
    – Actividades de telecomunicaciones inalámbricas
    – Actividades de telecomunicaciones por satélite
    – Otras actividades de telecomunicación
    – Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p.
    – Actividades postales
    – Actividades de mensajería
    – Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático
    – Otras actividades de apoyo al transporte
    – Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
    – Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores
    – Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
    – Construcción de proyectos de servicio público
    – Construcción de otras obras de ingeniería civil
    – Otras instalaciones para obras de construcción
    – Captación, tratamiento y distribución de agua
    – Evacuación de aguas residuales

    Transporte

    – Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial: servicios de transporte interprovincial privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería
    – Servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular, las entidades certificadoras para emitir certificados de conformidad de vehículos, los centros de revisión periódica de cilindros, las certificadoras y talleres de conversión de GNV y las certificadoras y talleres de conversión de GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje

    Fuente: Andina

  • Coronavirus en Perú: Actividades que volverán a operar desde junio en la Fase 2 de la reactivación económica

    Coronavirus en Perú: Actividades que volverán a operar desde junio en la Fase 2 de la reactivación económica

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    El Poder Ejecutivo dio a conocer este viernes una serie de actividades que volverán a operar durante la fase 2 de la reactivación económica, prevista a desarrollarse durante junio en el marco de la extensión del estado de emergencia nacional para contener el avance del coronavirus (COVID-19).

    “En esta prórroga del estado de emergencia se han dado una serie de flexibilidades para que las familias que están en su casa y que solamente pueden salir para lo estrictamente necesario puedan tener mejores y mayores facilidades para su vida diaria”, dijo el presidente de la República, Martín Vizcarra, en conferencia de prensa.

    “Es fundamental la reactivación económica con el control adecuado, con el cuidado sanitario”, añadió.

    El mandatario afirmó que la reanudación de más sectores económicos permitirá que el Estado pueda recaudar mayores ingresos y se generen puestos de trabajo.

    Vizcarra destacó que la reanudación de las actividades se realizará de forma gradual durante el próximo mes, al igual que en la fase 1 que inició en mayo.

    “Una tienda de venta de ropa, de calzado o una librería puede tener aglomeración de personas, donde hay contagio, pero sí van a poder trabajar a través de la venta a distancia del delivery”, refirió.

    A continuación la lista de las actividades anunciadas por el Gobierno:

    • Comercio electrónico de vestuario, calzado, electrodomésticos, útiles escolares y artículos de oficina.
    • Servicios de salud en las especialidades de odontología, rehabilitación, reproducción humana y veterinarias.
    • Servicios de reparto a domicilio de terceros a través de aplicativos (Rappi, Glovo, Uber Eats).
    • Servicios técnicos en informática, gasfitería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos.
    • Peluquerías y cosmetología.

    Fuente: Gestión