
Debe tener en cuenta que el trabajo realizado, sin descansos que los sustituyan, darán lugar al pago de los siguientes conceptos: la remuneración correspondiente al día feriado (esta ya se encuentra incluida en el salario de forma semanal, quincenal o mensual), la remuneración correspondiente a la labor efectuada y un monto adicional equivalente a…

Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores laborar en feriados durante el periodo del estado de emergencia, sin descanso sustitutorio posterior, también tienen derecho a cobrar la remuneración correspondiente por trabajar en días festivos.