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La ley detalla que se considera mala conducta: inventar o falsificar datos en publicaciones científicas, incluir autores inexistentes, declarar afiliaciones falsas, no revelar conflictos de interés, comprar o vender autoría, entre otras prácticas indebidas. También tipifica el mal uso de fondos públicos destinados a la investigación. Las sanciones serán severas: a las personas naturales…