Tras casi ocho meses de haberse implementado el trabajo remoto en nuestro país, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) realizó el primer ajuste a esta modalidad.
Lo que ha dispuesto el Ejecutivo es que se respete el derecho a la desconexión digital, es decir, que fuera del horario de trabajo no se le exija a los trabajadores a conectarse a una herramienta digital para prestar sus servicios.
Es así que, en caso el trabajador cumpla funciones fuera de su jornada laboral, la empresa deberá de asumir el pago por horas extras, así lo señala Brian Ávalos, asociado del Estudio Payet, Rey, Cauvi y Pérez.
“Si un trabajador culmina su jornada y continúa laborando, la norma indica que hay una voluntad para hacer trabajo sobre tiempo, con lo cual deberían de pagarse las otras extras. Este es un derecho a oponerme o a no prestar mi servicio en esas horas de desconexión”, agregó.
Respecto a la sanción que podría tener una empresa que no respetar este derecho, Ávalos indicó que la Sunafil podría multar hasta por más de S/ 225.000 dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
La tipificación en estos casos sería la de incumplimiento de la jornada de trabajo. Sin embargo, Fernando Cuadros, exviceministro de Empleo, sugiere que se cree una nueva tipificación sobre la infracción a la desconexión laboral para evitar reclamos de los empleadores.
La norma también precisa que aquellos trabajadores que no cuentan con un horario definido, como son los cargos de confianza; y los que prestan servicios intermitentes de espera o custodia, el tiempo de desconexión deberá de ser de por lo menos 12 horas al día.
Este aspecto lo resalta Willman Meléndez, profesor de derecho laboral en la PUCP, quien sostiene que es la primera norma que regula de modo positivo el entendimiento que el Estado hace de la normativa OIT que regulan el tiempo de trabajo.
“Es sumamente importante, pues impacta en el trabajo en sobretiempo e incluso en las jornadas acumulativas, cuestión ampliamente recurrida en la actividad minera, por ejemplo”, añade el también fundador de Meléndez Lab.
Faltan ajustes
De acuerdo con Cuadros, aún faltan más ajustes a esta modalidad, ya que los trabajadores están asumiendo los costos generados por el trabajo remoto.
Por ello, planteó que se disponga que los empleadores sean los que asuman dichos pagos, como el exceso en los recibos de luz, internet e incluso otorgar los equipos informáticos que se utiliza para realizar las funciones propias del empleo.
Más de 200 mil empresas serían elegibles al subsidio
El ministro de Trabajo, Javier Palacios, indicó que serían más de 200.000 las empresas elegibles para el otorgamiento del subsidio a la planilla de 35% a 55% para nuevos trabajadores contratados.
“Vamos a estar por encima de 200.000 empresas las elegibles para efectos del subsidio, lo que involucra a muchas microempresas”, dijo Palacios a un medio local.
El funcionario también declaró que hacia finales o mitad de noviembre se conocerán las empresas que han sido elegibles. Además, estimó que para enero ya se estaría haciendo efectivo el subsidio.
Finalmente, recordó que esto permitirá que unos 350 mil empleos se recuperen en el sector privado formal.
Los datos
Alcance. Según cifras del MTPE, son alrededor de 250 mil trabajadores bajo esta modalidad.
Medio. A través de Sunafil se podrá denunciar a los empleadores que no respeten desconexión digital. Ello se verificará posteriormente.
Fuente: La República