La Primera Sala del Tribunal Laboral de la Sunafil resolvió una impugnación de una empresa sancionada por deficiencias en seguridad laboral. La sanción se confirmó debido a fallas en la supervisión y coordinación con una contratista, responsabilidad que recae en ambas empresas según la resolución.
La controversia se centra en la interpretación del principio de prevención y la responsabilidad solidaria en seguridad y salud laboral, especialmente cuando una empresa principal subcontrata. Antes, la práctica común era solicitar documentos sin verificar su autenticidad o implementación.
La resolución desafía esta práctica, estableciendo que la empresa principal debe verificar rigurosamente las medidas implementadas por los contratistas. La responsabilidad recae en la empresa propietaria, incluso si los trabajadores no son empleados directos de esta.
La resolución de Sunafil confirma esta responsabilidad, exigiendo supervisión y seguridad independientemente de si la tarea fue delegada a terceros. Esto clarifica y amplía el alcance de la responsabilidad de supervisión de las empresas principales bajo la normativa existente.
La interpretación sugiere que las empresas no pueden limitarse a un enfoque pasivo, sino que deben verificar y asegurar las condiciones de trabajo de todos los trabajadores, incluidos aquellos empleados por contratistas. Sin embargo, esta responsabilidad no aplicaría en casos de fuerza mayor o acciones del trabajador fuera del control de la empresa.