Bono por suspensión perfecta de labores

A partir del 1 de agosto se inició el procedimiento de pago de 760 soles correspondientes a la prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia del covid-19 para los trabajadores que están en suspensión perfecta de labores (licencia sin goce de remuneración). En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) señaló que, para acceder a este beneficio, los trabajadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

– Contar con una resolución aprobatoria de suspensión perfecta de labores, expresa o no, emitida por la Autoridad Administrativa de Trabajo.

– Prestar servicios en una empresa que cuente con no más de 100 trabajadores.

– Percibir una remuneración bruta mensual de hasta 2,400 soles.

– No haber sido beneficiario, así como ninguno de sus familiares inscritos en el Registro Nacional de Hogares, de los siguientes subsidios monetarios otorgados por el Gobierno: Bono Universal Familiar; Bono Quédate en Casa; Bono Independiente y Bono Rural.

Para hacer efectiva la prestación económica, el trabajador deberá registrar su solicitud en la ventanilla integral virtual del asegurado (VIVA), de EsSalud: https://viva.essalud.gob.pe/viva/login, y en un plazo máximo de cinco días hábiles se hará el abono correspondiente en la cuenta bancaria o alguna cuenta de dinero electrónico que haya autorizado.

Si el trabajador desea saber el motivo por el que no se encuentra considerado como beneficiario de la prestación económica puede acceder al siguiente enlace: https://mtpe.trabajo.gob.pe/consultabono/, el cual se encuentra en la página web del MTPE: https://www.gob.pe/mtpe.

Para cualquier consulta respecto a esta prestación económica los trabajadores podrán comunicarse a la línea telefónica gratuita 0800-1-6872, de las 6:30 a 9:00 horas, de lunes a viernes, o escribir a: http:/www2trabajo.gob.pe/consultas-y-denuncias-laborales/consultas-laborales-2/.

Fuente: Andina