Julio Villalobos, Miranda & Amado

Julio Villalobos, asociado del Área laboral del estudio Miranda & Amado, menciona que el pago debe realizarse máximo el 15 de diciembre e incluye una bonificación extraordinaria. El beneficio alcanza a trabajadores contratados bajo cualquier modalidad dentro del régimen laboral privado.

A pocos días de iniciar diciembre, las empresas se preparan para cumplir con el depósito de la gratificación de fin de año, un beneficio que este 2025 mantiene su alcance para trabajadores contratados a plazo indeterminado, determinado o a tiempo parcial en el régimen laboral privado. La obligación, establecida en la Ley de Gratificaciones 27735, debe cumplirse a más tardar el lunes 15 de diciembre.

El especialista en derecho laboral, Julio Villalobos, Asociado del estudio Miranda & Amado, recuerda que, además de la gratificación, los trabajadores recibirán la bonificación extraordinaria equivalente al aporte que realiza el empleador a EsSalud (9%) o a una EPS (6.75%). Este adicional, señala, incrementa de manera significativa el ingreso de diciembre y forma parte del cálculo obligatorio del beneficio.

“Durante este periodo, las empresas deben tomar como referencia la remuneración vigente al momento del depósito, y pueden incorporarse asignaciones o complementos de carácter regular cuando estos hayan sido percibidos de forma continua a lo largo de julio a diciembre. La regularidad de estos pagos determina si se integran o no en la base del cálculo final”, agregó Villalobos.

Cálculo del beneficio

Para un trabajador con una remuneración de S/ 2,000, la gratificación completa equivale a ese mismo monto. A ello se suma la bonificación extraordinaria del 9% por EsSalud (S/ 180), lo que eleva el total a S/ 2,180 cuando el colaborador ha laborado todo el semestre.

En los casos en que no se haya cumplido el periodo completo, el pago se calcula de manera proporcional. La remuneración debe dividirse entre seis (S/ 2,000 / 6 = S/ 333.33 por mes) y multiplicarse por los meses completos trabajados. Por ejemplo, si el trabajador acumuló tres meses, recibirá aproximadamente S/ 1,000, más S/ 90 de bonificación extraordinaria, alcanzando un total de S/ 1,090.

Sanciones por incumplimiento

SUNAFIL mantendrá la supervisión del cumplimiento del depósito en la fecha establecida. Las multas por no realizar el pago dentro del plazo pueden superar los S/ 139,000, dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados y del tamaño de la empresa. Asimismo, el especialista advierte que los regímenes especiales —agrario, microempresa, pequeña empresa y remuneración integral anual— aplican reglas particulares y deben revisarse de forma específica.