generación eléctrica

  • MINEM establece 5 días adicionales para recibir sugerencias en relación a norma que busca solucionar situación extraordinaria generada por déficit hídrico.

A través de la Resolución Ministerial Nº 290-2023-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), amplió el plazo para la presentación de comentarios y sugerencias al proyecto de “Decreto Supremo que establece el Mecanismo de Priorización de abastecimiento de gas natural para asegurar la generación eléctrica eficiente del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) ante una situación extraordinaria”.

De acuerdo a la norma publicada en el diario oficial El Peruano, esta extensión es por el plazo de cinco (05) días calendario, contados a partir del 18 de julio de 2023.

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El MINEM explicó en el citado proyecto que, durante los meses de noviembre y diciembre del 2022, se presentaron bajos aportes hidrológicos que afectaron la disponibilidad de generación eléctrica eficiente en el SEIN; lo cual hizo que fuera necesaria la entrada de operación de centrales de generación a diésel, ocasionando el aumento de los costos de operación y los Costos Marginales en el Mercado de Corto Plazo.

Asimismo, la norma detalla que, este 2023 se ha advertido una sequía en las cuencas hidrológicas que utilizan los generadores para la producción de energía a partir de centrales hidroeléctricas, por lo que el MINEM adoptará medidas para asegurar el abastecimiento oportuno y eficiente del suministro eléctrico para el servicio público de electricidad, para lo cual se debe asegurar la operación de las centrales que utilicen gas natural disponibles en el SEIN.

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En vista de ello, el MINEM ha elaborado un proyecto normativo que aprueba un mecanismo para afrontar los eventos extraordinarios que ocasionan déficit hídrico para la generación eléctrica, priorizando la asignación de capacidad de transporte interrumpible de gas natural por red de ductos para la generación termoeléctrica del SEIN.

Entre los aspectos que regula el referido proyecto se encuentran los procedimientos para establecer un mecanismo de priorización; la obligación de los concesionarios de transporte de gas natural por ductos o distribuidores de gas natural por red de ductos y del Comité de Operación Económica del Sistema (COES) de reportar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) la información de los volúmenes consumidos; entre otros.