ProActivo | Cuando se cuenta con una concesión minera, concesión de beneficio o un contrato de explotación, se puede dar el siguiente paso en la formalización, eso es, obtener una constancia que lo califique como Pequeño Productor Minero (PPM) o Productor Minero Artesanal (PMA). De esta manera, podrá obtener los beneficios que la Ley de Formalización y Promoción de la PPM y PMA otorga, a quienes cuentan con tal calificación.

Beneficios

  • El pago de un monto menor por derecho de vigencia
  • El pago de un monto menor por penalidades
  • Menor monto de inversión por producción mínima

Las constancias tienen una duración de 2 años y se puede solicitar la renovación un mes antes de que venza el plazo.

Condiciones

Antes de poder realizar el trámite, ten en cuenta que debes cumplir con las siguientes condiciones:

Para Pequeño Productor Minero (PPM):

  • Dedicarse habitualmente a la explotación y/o beneficio directo de minerales, ya sea de forma personal o como conjunto de personas naturales, o personas jurídicas conformadas por personas naturales o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras
  • Poseer, por cualquier título, hasta 2,000 hectáreas, entre denuncias, petitorios y concesiones mineras.
  • Poseer, por cualquier título, una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de trescientas cincuenta (350) toneladas métricas por día. En el caso de los productores de minerales no metálicos y materiales de construcción, el límite máximo de la capacidad instalada de producción y/o beneficio será de hasta 1,200 toneladas métricas por día.

Para Productor Minero Artesanal (PMA):

  • Dedicarse habitualmente y como medio de sustento, a la explotación y/o beneficio directo de minerales, realizando sus actividades con métodos manuales y/o equipos básicos, ya sea en forma personal o como conjunto de personas naturales o personas jurídicas conformadas por personas naturales, o cooperativas mineras o centrales de cooperativas mineras.
  • Poseer, por cualquier título, hasta un 1,000 hectáreas, entre denuncias, petitorios y concesiones mineras; o hayan suscrito acuerdos o contratos con los titulares mineros según lo establezca el reglamento de la ley.
  • Poseer, por cualquier título, una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 25 toneladas métricas por día.

Requisitos

  • Tener una cuenta y contraseña en la extranet del Ministerio de Energía y Minas
  • Declaración jurada de bienes

Ingresa al extranet del Ministerio de Energía Minas con tu usuario y contraseña y completa el formulario.

Solicitar constancia

También puedes hacerlo presencialmente:

Hazlo en 3 pasos:

1 Dirígete al Ministerio de Energía y Minas o a una Dirección Regional

Acércate a las oficinas de la Dirección General de Minería (DGM) del Ministerio de Energía y Minas o a la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) de tu Región y solicita un ticket para la plataforma de atención.

2 Entrega tus requisitos

En la Plataforma de atención se revisará que cumplas con todos los requisitos. En caso contrario, puedes completar tus requisitos en los dos días siguientes. Ahí indicarás si deseas que se envíe el certificado a tu domicilio o si lo recogerás personalmente.

3 Resultado

Se te entregará un voucher con un número de registro y contraseña para poder hacer seguimiento a tu trámite vía web y saber cuándo estará listo. El plazo para resolver el trámite es de 30 días hábiles.

Consulta el estado de tu trámite