De conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley de Mercado de Valores, aprobada por el Decreto Legislativo N» 861 y el Reglamento de Hechos de Importancia, Información Reservada y Otras Comunicaciones, aprobado por Resolución CONASEV N°107-2002-EF/94.10, cumplimos con informar con relación al proyecto Central Hidroeléctrica Quitaracsa I de EnerSur S.A. (aC.H.
Quitaracsa I») que, con fecha 26 de enero de 2014, se publicó en el diario oficial «El Peruano», la Resolución Suprema N° 006-2014-EM mediante la cual se aprueba la Sexta Modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 198-2002. en aspectos referidos a la cláusula sexta, y al Anexo N° 4, específicamente variando la fecha de puesta en operación comercial de la C.H. Quitaracsa I. de
octubre 2014, a abril 2015.
Cabe recordar que, conforme a lo informado previamente al mercado, el proyecto C.H. Quitaracsa I consiste en la implementación de una central hidroeléctrica de aproximadamente 112 MW de potencia instalada, ubicada en el distrito de Yuracmarca. provincia de Huaylas, departamento de Ancash.
Atentamente,
Eduardo Milligan
Representante Bursátil
ENERSUR
Abogado por la UNMSM, con especialización en Derecho Mineroenergético. Maestrando en Gestión Pública por la Escuela de Posgrado de la Universidad Continental. Miembro del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Asistente de la cátedra Derecho de Minería y Energía (2017 – 2018) en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la UNMSM. Editor de ProActivo.
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