Diesel en Perú (FEPC)

(Foto: Andina)

  • La medida promulgada por el Poder Ejecutivo se aplicará para los transportistas de carga y del servicio de transporte interprovincial.

El Gobierno promulgó la ley que extiende la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) del diesel a las empresas de transporte hasta el 31 de diciembre del 2025.

Con esta ley se amplía la devolución del ISC al diésel B5 y diésel B20, con contenido de azufre menor o igual a 50 ppm, del actual 53%, a un 70%.

La devolución de este impuesto, que vencía el 1 de enero del 2023, es de unos S/ 1.70 por galón de diésel de uso vehicular, pero ¿Qué deberán tener en cuenta los transportistas?

Los beneficiados con esta medida serán las empresas de transporte de carga y del servicio interprovincial de pasajeros, pero sujeto a determinadas condiciones.

En primer lugar, los transportistas a beneficiarse deberán contar con autorización vigente para que presten sus servicios, expedida por gobiernos regionales o municipios provinciales o de la ATU.

En segundo lugar, se indica que se debe evaluar el impacto que ha tenido la aplicación de la devolución del ISC al diésel para reducir la siniestralidad vehicular.

Por último, se dispone que los transportistas que se beneficien con esta medida estén registrados ante el Observatorio Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Fuente: RPP