Sunat

La declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) se iniciará el lunes 24 de marzo y concluirá el viernes 4 de abril del 2014, de acuerdo al cronograma de la Sunat para el pago regular de impuestos de los contribuyentes.

Pero este año, la Sunat facilitará la declaración de las personas naturales, quienes ya no tendrán que usar el Programa de Declaración Telemática (PDT), sino que podrán realizar su declaración del IR a través de su portal web.

Obligados

Están obligados a la declaración todas las personas naturales cuyos ingresos superaron los S/. 25 mil durante el ejercicio fiscal 2013.
Se detalla en esta obligacion a las personas que solo obtienen ingresos por servicios independientes o rentas de 4ta. categoría del IR (trabajo independiente), siempre que superen el tope fijado por el Fisco.

También a las personas naturales cuyos ingresos sumados de rentas netas de 4ta. y 5ta. categoría del IR (trabajo dependiente), y la renta neta de fuente extranjera superen ese monto; y aquellas personas que tienen rentas de 1era. categoría del IR (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles), o 2da. categoría del IR (proveniente de ganancias de sus inversiones de capital), siempre que tengan saldo a favor del Estado o el monto de sus ingresos anuales sea superior al límite.

Cifras y datos

Empresas que obtienen rentas de tercera categoría del IR y que se encuentran en el régimen general están obligadas a presentar la declaración anual.

Entrega virtual. Las personas naturales podrán usar el formulario virtual N° 683 – Renta Anual 2013 a partir del 17 de febrero del 2014.