Megapuerto de Chancay

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto legislativo que declara de necesidad pública e interés nacional la intervención estratégica e integral en las zonas de influencia del terminal portuario multipropósito de Chancay y aprueba disposiciones especiales por su construcción y funcionamiento. Así lo determinó a través del Decreto Legislativo Nº 1689 publicado en la víspera en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

La norma tiene por objeto declarar de necesidad pública e interés nacional la intervención estratégica e integral en las zonas de influencia del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay (TPMCH) y aprobar disposiciones especiales por su construcción y funcionamiento.

Asimismo, facilitar el desarrollo de proyectos de inversión considerados en el instrumento de acondicionamiento territorial y/o en los instrumentos de planificación urbana, priorizados conforme a los procesos y procedimientos establecidos en la fase de Programación Multianual de Inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI).

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Ámbito de aplicación y zonas de influencia

Las disposiciones contenidas en el presente decreto son de observancia y aplicación obligatoria para las personas naturales, personas jurídicas, funcionarios y servidores civiles de los diferentes niveles de gobierno.

Las zonas de influencia del TPMCH son aquellas que determine la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) en el marco de sus competencias reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1659, que establece disposiciones que permitan a la autoridad identificar, formular y ejecutar inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay.

Como parte de la intervención estratégica e integral en las zonas de influencia, la norma establece una regulación complementaria y especial a las normas que regulan el desarrollo urbano sostenible y las habilitaciones urbanas y las edificaciones para: (i) el instrumento de reajuste de suelo; (ii) habilitaciones urbanas y edificaciones; entre otros, sin perjuicio de la aplicación de la normativa sectorial que corresponda de acuerdo al área a intervenir.

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Disposiciones complementarias

La norma señala el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento puede emitir disposiciones especiales mediante Resolución Ministerial con el objeto de facilitar el saneamiento físico legal de los predios comprendidos en los Planes Específicos para Reajuste de Suelo en las zonas de influencia del TPMCH.

“Las facilidades reguladas en el presente Decreto Legislativo para proyectos considerados en el instrumento de acondicionamiento territorial y/o en los instrumentos de planificación urbana dentro de las zonas de influencia del TPMCH son aplicables, en lo que corresponda, a los proyectos de inversión pública que conforman la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales a cargo de la ANIN, a la que se refiere el Decreto Legislativo Nº1659, Decreto Legislativo que establece disposiciones que permitan a la Autoridad Nacional de Infraestructura identificar, formular y ejecutar inversiones ubicadas en las zonas de influencia del corredor logístico asociado al hub portuario de Chancay”, detalla el texto.

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Finalmente, la norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte; del jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén; del ministro de Defensa, Walter Astudillo; del ministro del Interior, Juan Santivañez; del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana; del ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate; y del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Durich Whittembury.