Foto: Andina

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La puesta en vigencia del Decreto Supremo 006-2014-EM, que establece cuotas de hidrocarburos para los grifos en seis regiones del país, no afectará el suministro normal de combustible a nivel nacional, aclaró hoy el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

Precisó que dicha norma entrará en vigencia el 28 de marzo en las provincias de Huamanga, Huanta y La Mar (Ayacucho); La Convención (Cusco); Satipo (Junín); Tayacaja (Huancavelica), y en Huacaybamba, Huamalíes, Huánuco, Leoncio Prado, Marañón, Puerto Inca y Pachitea (Huánuco).

Señaló que en el caso particular de la región Madre de Dios, esta ley se aplicará en las provincias de Tambopata, Tahuamanu y Manu, a partir del 30 de marzo próximo.

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El MEM indicó, igualmente, que estas cuotas de combustibles no serán aplicadas a otras regiones del Perú.

Para tal efecto, el MEM coordina acciones de supervisión y monitoreo con las entidades competentes para asegurar el abastecimiento de combustibles al mercado nacional.

Cabe indicar que estas cuotas de combustibles se aplican como parte de las acciones de coordinación intersectoriales y en el marco del régimen especial de control de insumos químicos y productos fiscalizados utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, cuyas zonas de control son determinadas por el Ministerio del Interior.

Por último, es importante indicar que el Decreto Supremo 006-2014-EM también contempla la revisión periódica de las cuotas de combustibles, por parte del MEM y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con opinión técnica del Osinergmin.

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Asimismo, establece el mecanismo de reajuste necesario para afrontar situaciones en las cuales se prevea o constate el desabastecimiento de combustibles en determinadas zonas sujetas al régimen especial.

 

Andina